Noticias Tenerife El Gobierno abre el Registro de Colaboradores de Extranjería para asistir en la regularización extraordinaria

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El Gobierno abre el Registro de Colaboradores de Extranjería para asistir en la regularización extraordinaria

Sindicatos y entidades sin ánimo de lucro podrán inscribirse para ofrecer ayuda gratuita en la tramitación a personas migrantes, según la nueva orden publicada en el BOE

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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha puesto en marcha el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería, un nuevo órgano adscrito a la Secretaría de Estado de Migraciones. Esta iniciativa se hace oficial con su entrada en vigor tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la orden ISM/164/2026, de 2 de marzo. El objetivo principal de la medida es habilitar a entidades colaboradoras para que presten asistencia a las personas interesadas en presentar sus solicitudes dentro del marco del proceso de regularización extraordinaria.

Según detalla el propio Ministerio, en este Registro tienen la posibilidad de inscribirse “las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal o autonómico y las entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito migratorio o de protección internacional”. Para garantizar la idoneidad y el rigor del proceso, la normativa exige que, en el caso específico de las entidades sin ánimo de lucro, estas deban estar legalmente constituidas al menos tres años antes de la fecha en la que soliciten su inscripción en el Registro.

Adicionalmente a la antigüedad requerida, el Gobierno establece criterios de experiencia comunes para todos los actores implicados. Todas las organizaciones deberán acreditar obligatoriamente “una experiencia de al menos dos años en el acompañamiento a personas extranjeras”. Esta experiencia debe manifestarse en áreas concretas, tales como la atención, el asesoramiento, la integración social o la tramitación administrativa de personas migrantes. Asimismo, es un requisito imprescindible que las entidades se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, que no hayan sido condenadas ni sancionadas previamente, y que cumplan de forma estricta con la normativa vigente de protección de datos de carácter personal.

En cuanto a la operatividad del sistema, serán las propias entidades y los sindicatos quienes elaborarán un censo de las personas físicas que estarán habilitadas para ejercer la representación de aquellos ciudadanos interesados en recibir apoyo técnico. Un aspecto central de esta normativa es la eliminación de barreras económicas para los solicitantes, ya que el texto oficial subraya que “los colaboradores de extranjería prestarán ayuda a las personas interesadas en recibir auxilio con los trámites de extranjería de modo gratuito”.

El procedimiento de alta diseñado por el Ejecutivo requiere que la solicitud de inscripción se presente exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Dicha petición debe dirigirse a la Dirección General de Gestión Migratoria. Durante el trámite, las organizaciones están obligadas a presentar la documentación que acredite su representación legal, los justificantes de la experiencia en el acompañamiento y asistencia a población extranjera, y el censo definitivo de las personas habilitadas para ejercer la representación.

Finalmente, la resolución ministerial define los plazos operativos del sistema, estipulando que las inscripciones aprobadas “tendrán una validez de cuatro años, prorrogables por otros cuatro años”.

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