La orden ministerial se publica hoy en el BOE, el mismo día en el que comienza la Campaña de Renta 2020.
Esta medida permite mayor flexibilidad y facilidad en el pago de la deuda en el caso de declaraciones a ingresar.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy una Orden del Ministerio de Hacienda que permite que los contribuyentes afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) puedan fraccionar el pago de la deuda tributaria derivada de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Esta orden, que entra en vigor hoy mismo, permitirá el fraccionamiento en seis meses del pago de la deuda tributaria derivada de la presentación de la Declaración de la Renta correspondiente al pasado ejercicio, en el caso de que ésta resulte a ingresar, tanto en los casos de tributación individual como conjunta.
Este fraccionamiento, que tiene un carácter voluntario, pretende minorar el impacto de la pandemia de la COVID-19 en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los ciudadanos.
De manera habitual, todos los contribuyentes a los que su declaración les sale a pagar tienen dos plazos para hacerlo: el primero, al finalizar la campaña de Renta, y el segundo, en noviembre. Con esta medida seintroduce una mayor flexibilidad para poder hacer frente a sus obligaciones con la Agencia Tributaria.
De esta forma, el pago del fraccionamiento solicitado se efectuará en seis fracciones, con vencimiento los días 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021. No se devengarán intereses de demora durante dicho fraccionamiento ni será necesaria la aportación de garantía.
La Orden ministerial se publica el mismo día en el que arranca la Campaña de Renta 2020, que comienza este 7 de abril y se prolonga hasta el 30 de junio de 2021.
Medidas tributarias para atenuar el impacto de la pandemia
El Gobierno adopta esta medida extraordinaria ante la situación también excepcional generada por la pandemia. En cualquier caso, hay que recordar que el hecho de tener dos o más pagadores puede afectar al resultado de la declaración anual del impuesto en función de las retenciones practicadas, pero en ningún caso implica que se tribute más por IRPF.
La posibilidad de fraccionar el pago del IRPF se une a otras iniciativas similares adoptadas a lo largo del último año para atenuar en el ámbito tributario el impacto de la pandemia. Estas medidas benefician especialmente a los grupos más vulnerables de la economía, como pymes y autónomos, y también a sectores particularmente castigados por la COVID-19, como el sector turístico, la hostelería y el comercio.