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Tenerife recuerda que las áreas recreativas y de acampada permanecen cerradas

La consejera del área de Medio Natural y Seguridad del Cabildo de Tenerife, Isabel García, para ir adaptando los espacios de la naturaleza a las diferentes fases, ha dictado unas órdenes entre las que figura, por ejemplo, que solo a través de empresas de turismo activo y con un tope de personas se podrá acudir a dichos lugares.

La consejera del área de Medio Natural y Seguridad del Cabildo de Tenerife, Isabel García, ha dictado una resolución que incluye unas instrucciones tras la publicación en el Boletín Oficial del estado (BOE) de las normas aprobadas por el Estado para flexibilizar las restricciones derivadas de la declaración del estado durante la fase 1.

En las órdenes se indica que  las áreas recreativas y zonas de acampada gestionadas por el Cabildo permanecerán cerradas hasta que se recupere la plena libertad de circulación de las personas y se puedan garantizar la vigilancia, control de afluencia y condiciones de higiene en dichas infraestructuras.

Sin embargo, continúa la consejera, no está permitido el desplazamiento al monte para realizar actividades de recolección micológica ni las recreativas o deportivas en la red de pistas forestales con vehículos de motor.

Las personas pueden desplazarse al monte por cualquier medio para acudir a las terrazas de bares o restaurantes que se encuentren abiertas al público y las empresas de turismo activo y de naturaleza pueden ofrecer sus servicios y desarrollar sus actividades en los senderos y pistas de los montes y espacios naturales protegidos y en el medio natural en general, para grupos de un máximo de 10 personas.

Por último, la realización de actividad física (deportes y paseos) será posible en la red oficial de senderos y pistas forestales estrictamente en las condiciones que fija la citada Orden SND/380/2020, de 30 de abril, del Ministerio de Sanidad, es decir, tal y como hasta ahora se ha hecho en la fase 0: Se permite el tránsito individual a pie por senderos y pistas a no más de un kilómetro del domicilio si es a pie, y con bicicleta o caballo por estas últimas, pero en ningún caso con vehículos motorizados.

Pero, hay que tener en cuenta, afirmó García que “para desplazarse desde el domicilio hasta los senderos o pistas forestales no está permitido hacerlo en vehículos motorizados, y que no se puede abandonar el municipio donde se resida. En cualquier caso, dado que las actividades físicas y paseos deben realizarse de forma individual, por razones de seguridad no se recomienda su práctica en el medio natural, ya que en caso de accidente o percance habría dificultades para recibir auxilio”.

 

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