Noticias Tenerife Localizan al presunto responsable de los recientes incendios en Santa Úrsula

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Localizan al presunto responsable de los recientes incendios en Santa Úrsula

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El acusado arrojó en una finca un bidón con restos de una quema que se propagaron rápidamente debido a los fuertes vientos.

Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Compañía del Puerto de la Cruz han instruido diligencias en las  que investigan a un varón de 53 años de edad, vecino del  municipio de Santa Úrsula, como presunto autor de un delito de

Incendio por Imprudencia

Tras la investigación realizada por los agentes del SEPRONA en relación con los diversos incendios producidos el pasado día 23 del presente en el municipio de Santa Úrsula, se han conseguido reunir indicios suficientes que demuestran el origen de los mismos.

El día de los hechos, el investigado supuestamente arrojó, en una finca de su propiedad ubicada en el citado municipio,un bidón con restos de una quema que había realizado el día anterior, la cual se extendió con gran rapidez debido a los fuertes vientos que en ese momento se estaban produciendo en la isla de Tenerife.

Tras ello, se habrían producido los diversos conatos de incendio procedentes de esos restos de quema en diferentes zonas del citado municipio, llegado incluso a las zonas urbanas y  produciendo daños considerables en un hotel, viviendas, vehículos, mobiliario urbano, otras fincas, etc.

Las diligencias instruidas han sido entregadas en Juzgado de Instrucción de Guardia de La Orotava.

*Según lo establecido en el vigente Código Penal:

  • artículo 351: “Los que provocaren un incendio que comporte peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los  Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.”
  • artículo 358: ”El que por imprudencia grave provocare alguno de los delitos de incendio penados en las secciones anteriores, será castigado con la pena inferior en grado, a las respectivamente previstas en cada ”.

 

 

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