El Juzgado de lo Penal nº1 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado por un delito de intrusismo profesional a una mujer que ejercía como podóloga en diversas farmacias de la isla sin disponer del título académico oficial habilitante y, en consecuencia, sin estar inscrita en el Colegio Oficial de Podólogos de Canarias. La magistrada titular del juzgado ha impuesto a la acusada una pena de 20 meses de multa, con una cuota diaria de seis euros, tras considerar probado que ejecutó actuaciones exclusivas del ámbito sanitario podológico.
Prácticas clínicas e instrumental reservado a sanitarios
La resolución judicial detalla que la condenada llevó a cabo estos actos en distintos establecimientos de Tenerife, empleando para ello instrumental específico de la especialidad, como bisturís, micromotores y diverso material cortante y punzante. Los hechos acreditados por el juzgado confirman que, en las consultas instaladas en las oficinas de farmacia, la mujer realizaba un abordaje integral de los pacientes. Llegó a medir el arco plantar, detectó alteraciones biomecánicas, pautó tratamientos ortoprotésicos mediante la recomendación de plantillas y trató patologías físicas concretas, como las uñas encarnadas, valiéndose de herramientas reservadas estrictamente a profesionales sanitarios titulados. Como prueba adicional, la acusada expedía justificantes y facturas en los que describía textualmente los servicios abonados como “consulta de podología”.
Apercibimientos previos y querella del órgano colegial
La sentencia constata que la falsa podóloga actuó con pleno conocimiento de la irregularidad de su situación profesional. El documento subraya que la mujer era consciente de que no podía ejercer la podología en España, puesto que ya había sido requerida y apercibida previamente por el Colegio Oficial de Podólogos de Canarias desde el año 2018 al carecer de la titulación necesaria para desarrollar esta actividad. Ante la inacción de la acusada, el procedimiento judicial se formalizó a raíz de una querella presentada por el propio órgano colegial en noviembre de 2021. Para sustentar la acusación, la entidad aportó una exhaustiva recopilación de pruebas documentales, testimonios y grabaciones que han resultado fundamentales para demostrar el ejercicio ilegal de esta profesión sanitaria.
Riesgo para la salud pública y valoración del fallo
El Colegio Oficial de Podólogos de Canarias ha valorado de forma muy positiva el fallo judicial, pese a que la sentencia aún no es firme. La institución considera que esta resolución “refuerza la protección de los pacientes y la seguridad sanitaria, al reconocer la gravedad del ejercicio de profesiones sanitarias sin la formación, habilitación y colegiación obligatorias”. A colación de este caso, la entidad representativa ha recordado que la podología es una profesión sanitaria regulada y ha advertido de que el intrusismo profesional constituye “un riesgo para la salud de los pacientes, especialmente cuando se realizan diagnósticos, tratamientos o procedimientos invasivos sin la cualificación legalmente exigida”. Por último, el Colegio ha instado a la ciudadanía a comprobar siempre que los profesionales sanitarios figuran debidamente colegiados antes de someterse a cualquier tipo de tratamiento podológico.






