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Air Europa afronta una huelga de pilotos con servicios mínimos del Mitma

La resolución busca garantizar la movilidad de los ciudadanos y el derecho a la huelga de los trabajadores

En un esfuerzo por conciliar los intereses y las necesidades de movilidad de los ciudadanos con el ejercicio del derecho a la huelga. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha dado avances sobre los servicios mínimos para el desarrollo de la huelga convocada por el sindicato SEPLA (Sindicato Español de Pilotos De Líneas Aéreas) en Air Europa.

Estos servicios mínimos tienen como objetivo garantizar el interés de los ciudadanos y su movilidad durante el periodo de huelga, al tiempo que respetan el derecho de los trabajadores a la protesta.

La resolución establece los servicios mínimos desde la medianoche del 19 de junio hasta las 24:00 horas del 2 de julio de 2023. Se han comunicado a Air Europa, Aena y al sindicato convocante para su cumplimiento. Con el fin de ser transparentes, los servicios mínimos también se han publicado en el sitio web del Mitma.

Mitma establece servicios mínimos para la huelga de pilotos de Air Europa

La metodología para determinar los servicios mínimos se basa en proteger un porcentaje de vuelos programados en cada aeropuerto afectado. A excepción de vuelos de emergencia, como ambulancias o antiincendios, se establece un porcentaje de protección en función de la ocupación y los pasajeros a reubicar durante el período de huelga.

En vuelos domésticos hacia o desde territorios no peninsulares, se protegerá al 90% de los pasajeros, considerando la importancia del transporte aéreo en estas regiones.

En vuelos domésticos peninsulares y vuelos internacionales con un tiempo de desplazamiento en transporte público superior a 5 horas, se permitirá la reubicación del 65% de los pasajeros. En vuelos domésticos peninsulares con un tiempo de desplazamiento en transporte público inferior a 5 horas, se reubicará al 40% de los pasajeros.

Se protegerán al 100% los vuelos dedicados a labores de emergencia, como servicios de ambulancia, transporte de órganos para trasplantes, protección civil, entre otros.

Mitma ha buscado mejorar continuamente las resoluciones de servicios mínimos. En esta ocasión, se ha establecido una protección específica para cada aeropuerto afectado, en lugar de una protección promedio para todos los aeropuertos. También se han realizado cambios para clarificar la interpretación de la resolución.

En el caso de los vuelos hacia o desde territorios no peninsulares, se ha reducido la protección del 100% al 90% de los pasajeros. Además, en tramos horarios de corta duración en los servicios de transporte de correo postal y mercancías perecederas, no se aplicará protección.

La resolución también excluye vuelos con origen y destino en aeropuertos fuera del territorio español. La resolución prohíbe prácticas como el arrendamiento de aeronaves con tripulación u operaciones conjuntas, que podrían limitar el derecho de huelga. Se ha incluido un anexo con el listado de vuelos programados para identificar los vuelos potencialmente afectados.

Mitma ha explicado que la gestión interna de las aerolíneas privadas no puede ser conocida y asimilada por la autoridad gubernativa en el plazo de diez días que tiene para dictar la resolución de servicios mínimos.

Por lo tanto, se ha optado por permitir a la empresa la ejecución de los servicios mínimos predeterminados, siempre siguiendo criterios objetivos. Como novedad, los cálculos de ocupación se han basado en los valores de 2022, ya que el tráfico aéreo durante el verano de ese año se estaba recuperando a niveles anteriores a la pandemia de COVID-19.

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