El Pleno del Parlamento de Canarias aprobó este miércoles la Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas, la primera norma específica que regulará la actividad de alquiler vacacional en el archipiélago. Esta nueva legislación actualiza y sustituye al Decreto 113/2015, que estuvo en vigor durante una década.
La consejera de Turismo y Empleo, Jéssica de León, afirmó que con esta ley “comienza una nueva etapa de planificación y gestión urbanística que busca equilibrar el derecho a la vivienda de los 2,2 millones de canarios con una actividad económica que ha llegado para quedarse, pero que debe desarrollarse con orden, mesura y equilibrio en el territorio”. Subrayó que, por primera vez, se dota de un marco legal claro a un sector que antes carecía de normas definidas para propietarios y administraciones.
Principales disposiciones de la ley
Entre los aspectos más destacados de la norma se incluyen:
Límite a la actividad: Se establece que el 90% de las viviendas deberán destinarse a uso residencial, reservando solo un 10% para alquiler vacacional.
Moratoria y planificación municipal: Se impone una moratoria de cinco años para la creación de nuevas viviendas vacacionales. Durante este periodo, los ayuntamientos deberán desarrollar un planeamiento municipal que determine en qué zonas, cómo y cuántas viviendas de este tipo se permitirán, priorizando la calidad de vida de los residentes.
Protección del mercado residencial: Se prohíbe expresamente el uso turístico en Viviendas de Protección Oficial (VPO). Además, las viviendas de nueva construcción no podrán destinarse al alquiler vacacional hasta que transcurran diez años desde su edificación, una medida destinada a “evitar la especulación”, según explicó el director general de Ordenación, Formación y Promoción Turística, Miguel Ángel Rodríguez.
Prohibición de pseudohoteles: La ley prohíbe los edificios donde todas las viviendas son de uso turístico y pertenecen a un mismo propietario a gran escala (conocidos como pseudohoteles).
Plan de inspección: Los consistorios dispondrán de un plazo de seis meses para poner en marcha los planes de inspección correspondientes. El Gobierno autonómico facilitará —si así lo requieren— una ordenanza provisional estándar para agilizar este proceso.
Seguridad jurídica y sostenibilidad
Tanto la consejera como el director general hicieron un llamamiento a la tranquilidad de los propietarios que ya operan dentro de la legalidad, asegurando que podrán continuar con su actividad. Jéssica de León recalcó la importancia de que los propietarios sigan presentando la declaración de actividad clasificada para operar con “plena seguridad jurídica” y contribuir a la “transparencia y profesionalidad del sector”.
Miguel Ángel Rodríguez definió el espíritu de la ley al señalar que “define la sostenibilidad como la garantía de una adecuada calidad de vida para las generaciones presentes y futuras y defiende un territorio habitable y equilibrado”. Añadió que la norma “pone freno a la gentrificación y a la turistificación, que expulsa a los residentes y erosiona el pequeño comercio”.
Contexto del sector
Según los datos aportados, en Canarias el 44,6% de las viviendas vacacionales pertenecen a personas físicas, mientras que el 55,3% de las propiedades y el 55,5% de las plazas son gestionadas por entidades o propietarios extranjeros, y no por pequeños propietarios locales.
La Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).






