El Pleno del Parlamento de Canarias ha dado luz verde definitiva a la Ley de Municipios Turísticos de Canarias, una normativa pionera en el archipiélago que busca reconfigurar la gestión pública de los destinos insulares sometidos a una alta presión demográfica.
La norma, impulsada inicialmente como una Proposición de Ley por parte de las catorce corporaciones locales de la Asociación de Municipios Turísticos de Canarias (AMTC), dota por primera vez a la comunidad autónoma de un ordenamiento jurídico específico diseñado para corregir el desfase entre la población oficialmente censada y los usuarios reales de las infraestructuras.
La legislación persigue ofrecer soluciones regulatorias a los ayuntamientos que soportan una elevada carga de habitantes flotantes, compuesta tanto por los flujos de visitantes como por los trabajadores del sector. A través de este nuevo régimen jurídico, la administración autonómica facilita herramientas orientadas a optimizar la gestión pública, elevar los estándares de calidad en las prestaciones básicas, mitigar las tensiones de convivencia y avanzar de forma reglada hacia un modelo de desarrollo turístico plenamente sostenible.

A partir de la entrada en vigor de este texto, el modelo genérico de catalogación turística queda extinguido en favor de una clasificación técnica basada en criterios objetivos y medibles, dividida en dos categorías diferenciadas.
La primera de ellas, denominada Municipio Turístico de Excelencia de Canarias, exigirá que la actividad turística represente más del 15% de la economía del municipio, además de cumplir de forma simultánea con al menos dos de tres parámetros prefijados: el peso de la población turística anual, el volumen total de su capacidad alojativa o el porcentaje de su oferta en establecimientos de alta categoría.
Por su parte, para acceder a la condición de Municipio Turístico de Singularidad de Canarias, las administraciones locales deberán acreditar que el turismo supera el 5% de su actividad económica y constar con un mínimo de dos recursos de interés turístico singular dentro de su territorio.

Con el objetivo de salvaguardar el equilibrio territorial y la proporcionalidad de la norma, el texto incorpora una flexibilización de estos umbrales mínimos para adaptarlos a las particularidades geográficas y socioeconómicas de El Hierro, La Gomera y La Palma, extendiendo también esta modulación a aquellos municipios que se encuentren formalmente bajo la consideración de reto demográfico. De este modo, se atiende a su menor dimensión poblacional y alojativa, así como al impacto estratégico que determinados recursos singulares ejercen sobre las economías locales de menor escala.
En el plano estrictamente competencial y de funcionamiento interno, la normativa autoriza a los ayuntamientos turísticos a reestructurar y reforzar sus plantillas y organización administrativa para dar respuesta a las demandas estacionales y estructurales de la actividad receptora. Asimismo, la ley instituye un catálogo de servicios obligatorios vinculados directamente a la condición turística del municipio.
Esto implica que, junto a las competencias mínimas fijadas por la legislación de régimen local común, los ayuntamientos clasificados asumirán la obligatoriedad de prestar servicios de vigilancia ambiental, control de la contaminación acústica, intensificación de la limpieza viaria, habilitación de refugios climáticos ante contingencias térmicas, socorrismo en playas y gestión de puntos de información turística.
En paralelo, se establece la obligación legal de diseñar e implantar un instrumento propio de planificación turística de ámbito municipal.

La aprobación de la norma ha provocado la satisfacción institucional de los representantes locales de la AMTC, quienes destacan el avance que supone el consenso alcanzado en la Cámara autonómica. El presidente de la asociación y alcalde de Adeje, José Miguel Rodríguez Fraga, señaló tras la votación que “Hoy es un día histórico. Esta ley es el resultado del diálogo y de un amplio consenso entre los grupos parlamentarios, los ayuntamientos y la Asociación de Municipios Turísticos. Nos dota de una herramienta legal para definir las obligaciones y los derechos de los municipios turísticos, mejorar los servicios que prestamos y avanzar en una financiación acorde con la realidad de una población que convive con visitantes y trabajadores.”
En la misma línea, el vocal de la entidad y alcalde de San Bartolomé de Tirajana, Marco Aurelio Pérez, puso de relieve el reconocimiento de la carga poblacional real frente a la estadística del padrón, manifestando que “Los municipios turísticos de Canarias, por primera vez contamos con una ley que nos reconoce como lo que somos y que permitirá adaptar la organización y los servicios de nuestros ayuntamientos a la población real que atendemos, más allá de la población empadronada.”
El edil concluyó remarcando la proyección política del nuevo escenario normativo: “Esta norma abre una nueva etapa para los municipios turísticos, que tendrán presencia con voz y voto en los espacios donde se toman decisiones que afectan a nuestro territorio. Desde la Asociación de Municipios Turísticos seguiremos trabajando en el reglamento de desarrollo para que responda a las necesidades reales de nuestros ayuntamientos y de la ciudadanía”, añadió.







