Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) en la isla de Tenerife han reforzado significativamente la vigilancia y el control sobre las empresas de turismo activo que operan en el Parque Nacional del Teide. Este operativo, diseñado con un carácter preventivo, disuasorio y sancionador, tiene como objetivo primordial asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, garantizando así tanto la seguridad de las personas como la preservación de un entorno de alto valor ecológico. Como resultado de estas inspecciones, los agentes han tramitado hasta el momento un total de 55 denuncias administrativas por diversas infracciones a la normativa reguladora del sector turístico.
Durante las intervenciones, los efectivos del Seprona se han centrado en verificar que las compañías dispongan de las autorizaciones administrativas obligatorias para cada actividad específica y en comprobar el cumplimiento estricto de la normativa del Parque Nacional del Teide. La labor policial busca no solo proteger el medio ambiente y la seguridad física de clientes y guías, sino también luchar contra el intrusismo laboral y la competencia desleal en el sector. Las inspecciones han abarcado un amplio espectro de servicios, incluyendo empresas dedicadas a rutas en quads, parapente, escalada y observación de estrellas, entre otras ofertas de ocio en la naturaleza.
Las 55 denuncias tramitadas han sido remitidas a las Autoridades y Administraciones Públicas competentes y responden a infracciones heterogéneas. Entre las irregularidades detectadas destacan el ejercicio de actividades de turismo activo sin la preceptiva autorización administrativa o permiso, la realización de las mismas en zonas no permitidas y el acceso a senderos o áreas de uso restringido. Asimismo, se han sancionado incumplimientos relacionados con las condiciones de seguridad, tales como el uso de equipamiento inadecuado, la carencia de seguros obligatorios o el empleo de guías sin la habilitación necesaria para el desempeño de sus funciones.
Desde la Guardia Civil se recuerda que el Parque Nacional del Teide es un espacio natural de incalculable valor ecológico, declarado Patrimonio Mundial de la Humanidad por la UNESCO en 2007. Al tratarse de uno de los parques nacionales más visitados de Europa, su exigencia de protección es máxima, dependiendo su conservación del respeto riguroso a la normativa tanto por parte de las empresas operadoras como de los visitantes particulares.
Las actuaciones se enmarcan en una normativa reguladora específica que incluye la Ley 14/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 7/1995 de ordenación del turismo de Canarias; el Decreto 138/2025, de 27 de octubre, que modifica el Reglamento sobre el régimen jurídico de las actividades de turismo activo (aprobado originalmente por el Decreto 226/2017); y el reciente Decreto 182/2025, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Parque Nacional del Teide.
El régimen sancionador aplicable a estas infracciones establece multas de cuantía variable según la gravedad de los hechos. En el ámbito de la normativa turística, las infracciones leves se sancionan con hasta 1.500 euros; las graves conllevan multas de entre 1.501 y 30.000 euros; y las muy graves oscilan entre los 30.001 y los 300.000 euros. Además, se contempla la suspensión temporal de actividades o del ejercicio profesional en supuestos de infracciones muy graves, ya sea como sanción principal o accesoria. Esta suspensión puede comprender entre un día y seis meses cuando exista reincidencia en faltas graves, y entre seis meses y un año en casos de reincidencia en faltas muy graves.
Por otro lado, bajo el amparo de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, las sanciones económicas pueden ser aún más elevadas. Para este marco legal, las infracciones leves suponen multas de 100 a 3.000 euros; las graves van de 3.001 a 200.000 euros; y las infracciones muy graves pueden ser sancionadas con multas que van desde los 200.001 hasta los 2.000.000 de euros, sin perjuicio de que las comunidades autónomas tengan la potestad de aumentar el importe máximo de dichas sanciones.








