El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 10 de noviembre y se incluyen las obras de accesibilidad para personas en situación de dependencia.
Estas ayudas están destinadas a reformas de primera necesidad y para la reparación, mantenimiento y conservación de la vivienda habitual del solicitante, siempre y cuando no supongan ampliación o sean de simple ornato y que mejoren las condiciones de habitabilidad de la vivienda.
Además, se incluyen los trabajos de adaptabilidad para el supuesto en que los solicitantes sean dependientes, discapacitados, mayores de 65 años o incluso menores que, careciendo de resolución que acredite discapacidad o dependencia, la tengan en trámite y presenten documento médico que acredite la necesidad de hacer accesible la vivienda.
Se incluye en la subvención el coste de las tasas de licencia de obras y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO).
Los requisitos para optar a esta ayuda social, además de la situación económica del núcleo de convivencia, también se han mejorado y se reduce el tiempo mínimo de residencia en el municipio, que pasa de 2 años a 6 meses, un requisito que no se tendrá en cuenta cuando el domicilio actual del solicitante obedezca a causa de violencia de género.
Las bases permiten que puedan optar a esta ayuda las personas que no se hallen al corriente de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes, al buscar la cobertura de necesidades básicas para personas en situación económica grave y que pueden ser usuarias de los servicios sociales municipales.
De hecho, la renta per cápita de la unidad de convivencia deberá ser inferior a los 15.000 euros brutos al año para poder optar a esta aportación.