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Canarias sustituye el sorteo de viviendas públicas por un modelo de baremación objetiva

El nuevo decreto endurece los requisitos de arraigo hasta los doce años de residencia en las Islas y amplía las reservas de inmuebles para jóvenes, mayores, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género

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El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado este lunes, 9 de marzo, el nuevo decreto regulador del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida y del régimen de adjudicación de las promociones públicas. La medida, impulsada a propuesta del consejero de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad, Pablo Rodríguez, introduce una reforma estructural en el sistema autonómico al eliminar el tradicional sorteo e instaurar un procedimiento reglado de baremación.

Este nuevo modelo de asignación se sustentará a partir de ahora en criterios estrictamente objetivos que evaluarán la situación económica, social y familiar de cada uno de los solicitantes. El Gobierno autonómico sostiene que este cambio apuntala los principios de equidad, transparencia y seguridad jurídica, garantizando “que las viviendas se asignen conforme a parámetros verificables y ajustados a la realidad de cada unidad de convivencia”.

En paralelo a la modificación del sistema de adjudicación, la norma incorpora una profunda simplificación administrativa para agilizar la inscripción en el Registro de Demandantes. El Ejecutivo ha suprimido la obligatoriedad de la cita previa y la visita presencial a las oficinas. En su lugar, el proceso pasará a ser íntegramente telemático a través de un formulario acompañado de una declaración responsable en la que el usuario acredite cumplir las condiciones. Según recoge el documento oficial, esta modernización “permitirá agilizar los trámites, facilitar el acceso al registro y reducir tiempos de gestión para los ciudadanos”.

Para poder optar a una de las viviendas protegidas de promoción pública, el nuevo decreto endurece de forma sustancial las exigencias vinculadas a la residencia y el arraigo territorial. Todo solicitante deberá ser mayor de edad o menor emancipado y figurar previamente inscrito en el registro oficial. A nivel autonómico, será imperativo acreditar una residencia en Canarias de al menos doce años de manera ininterrumpida, un requisito que se elevará hasta los quince años en los casos en los que la residencia en las Islas haya sido discontinua.

A escala municipal, el marco normativo exigirá demostrar residencia o desempeño laboral ininterrumpido durante un mínimo de cinco años en la localidad donde se ubique la promoción inmobiliaria, siempre con anterioridad a la publicación del concurso. Este requisito de arraigo local contará con una exención específica para las víctimas de violencia de género, a quienes no se les aplicará cuando la situación de maltrato “haya imposibilitado su permanencia en el municipio de residencia habitual”, un extremo que deberá justificarse conforme a la legislación del Estado.

Por último, el decreto consolida el carácter social del parque público mediante la reestructuración y ampliación de los cupos de reserva para colectivos prioritarios. A partir de ahora, cada promoción deberá destinar obligatoriamente un mínimo del veinte por ciento de las viviendas a jóvenes de hasta treinta y cinco años, así como un diez por ciento a personas de sesenta y cinco años o más. El cupo para las víctimas de violencia de género queda fijado en un ocho por ciento, mientras que se habilitará hasta un máximo del uno por ciento para personas emigrantes retornadas.

En el ámbito de la diversidad funcional, la normativa establece una reserva mínima del diez por ciento para personas que presenten limitaciones funcionales graves o totales en materia de movilidad o comunicación. Esta cuota se distribuirá internamente para dar cobertura tanto a quienes requieren el uso permanente de silla de ruedas u otros dispositivos técnicos de apoyo, como a aquellas personas que acrediten limitaciones graves sin la necesidad de utilizar dichos aparatos.

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