Noticias Tenerife La FSC reivindica como victoria propia la ley de camas elevables, pero lanza un recordatorio: “La medida llega tarde”

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La FSC reivindica como victoria propia la ley de camas elevables, pero lanza un recordatorio: “La medida llega tarde”

El sindicato recuerda sus históricas huelgas para obligar a evaluar la carga física de las camareras de pisos y exige a la Inspección de Trabajo que no permita a los hoteles escudarse en el plazo de 2033

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La Federación Sindical Canaria (FSC), integrado por Sindicalistas de Base de Canarias (SBC) y el Frente Sindical Obrero de Canarias (FSOC) ha celebrado este jueves la reciente modificación de la Ley 7/1995 de Ordenación del Turismo en Canarias, publicada en el Boletín Oficial de Canarias el pasado 28 de abril de 2026, fecha que coincidió con el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Esta reforma normativa estipula la implantación obligatoria de medidas preventivas en los establecimientos turísticos del archipiélago, con el objetivo de mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral de las más de 140.000 personas que operan en el sector de la hostelería.

La atención de la medida se centra especialmente en el colectivo de camareras de pisos, un grupo laboral plenamente feminizado que, históricamente, padece el mayor número de incapacidades temporales y totales derivadas de trastornos musculoesqueléticos y lesiones dorsolumbares. La organización sindical recuerda que las extremas condiciones de trabajo han impedido a la mayoría de estas profesionales llegar en activo a la edad de jubilación con una pensión contributiva, finalizando su carrera con pensiones de invalidez total para su profesión.

FSC rememora los antecedentes de esta reivindicación, señalando que los actuales integrantes de la Federación Sindical Canaria, SBC, convocaron dos huelgas generales del colectivo durante las navidades de los años 2005 y 2017 para exigir un entorno laboral seguro. La movilización de diciembre de 2017 se desconvocó tras arrancar un compromiso al Gobierno de Canarias para que una “guía de buenas prácticas” sobre riesgos ergonómicos y psicosociales dejara de ser una recomendación y se convirtiera en una obligación legal a través de la Ley de Turismo.

Ante el posterior olvido de este pacto institucional, la constitución de la “Plataforma por los Derechos de las Camareras de Pisos de Canarias” (las Kellys) logró en 2018 que el artículo 38 del Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife obligara a las empresas a incluir la Evaluación Ergonómica, la medición de tiempos y las cargas de trabajo en sus planes de prevención. Este precepto también estipula la negociación de acuerdos para regular el trabajo diario, la información periódica a los delegados de Prevención y el análisis trimestral de la carga laboral por parte del Comité de Seguridad y Salud Laboral.

La FSC destaca que, ocho años después de su inclusión en el convenio tinerfeño, el artículo 9 de la nueva modificación de la Ley de Turismo incluye una “disposición adicional novena” sobre la “Evaluación Ergonómica y Medición de Cargas de Trabajo”, lo que en la práctica extiende esta regulación obligatoria a la provincia de Las Palmas, cuyo convenio sectorial seguía careciendo de ella.

Asimismo, la federación valora de manera positiva la inclusión en el artículo doce, mediante una “disposición transitoria tercera”, de plazos concretos para que los establecimientos turísticos sustituyan de forma progresiva las camas tradicionales por sistemas de elevación. Esta tecnología busca mitigar el riesgo de las posturas forzadas con la espalda inclinada que sufren las trabajadoras al realizar la limpieza de las habitaciones. Sin embargo, la FSC es crítica con la dilatación de los tiempos estipulados, afirmando que “la medida llega tarde, y encima con una sustitución progresiva que les da hasta 2033 para la sustitución total”.

La entidad sindical subraya que la obligación de utilizar camas elevables ya cuenta con el aval jurídico de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias fechada el 29 de mayo de 2014, dictada contra un hotel del sur de Tenerife a instancias de sus delegadas de prevención. Dicho fallo judicial fundamentó su decisión en el método “OWAS” del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, cuya Nota Técnica 452 dictamina que ninguna postura forzada debe exceder el 25% de la jornada diaria. Sin los sistemas de elevación, las camareras de pisos superan el 40% de su jornada en una postura forzosa, lo que hace imperativa la medida. En este sentido, la FSC espera que la nueva ley obligue a intervenir a la Inspección de Trabajo, organismo al que acusan de haber “hecho dejación en todos estos años” al no hacer cumplir el convenio ni las recomendaciones técnicas.

La federación aborda también la precariedad contractual, destacando que el artículo 18 del Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife atajó de raíz una de las principales denuncias del sector prohibiendo explícitamente la subcontratación de las camareras de pisos a través de empresas de servicios o limpieza, una práctica que conllevaba condiciones salariales y laborales discriminatorias.

En el ámbito regulatorio y de pensiones, la FSC ha detallado dos exigencias recientes trasladadas en el marco de la Comisión por la Prejubilación regulada en el convenio. El 24 de junio de 2025, el sindicato solicitó formalmente a los Ministerios de Trabajo y de Inclusión y Seguridad Social el inicio del procedimiento para reconocer la jubilación anticipada del colectivo mediante coeficientes correctores, al amparo del RD 402/2025. Posteriormente, el 12 de febrero de 2026, instaron a las empresas a reducir la jornada laboral de 40 a 30 horas semanales para aquellas trabajadoras que alcancen los 58 años, argumentando que esto mantendría su productividad y reduciría drásticamente los altísimos índices de incapacidad temporal entre quienes consiguen llegar en activo a esa edad.

FSC concluye asegurando que, “sin hacer tanto ruido como otros, llevan décadas trabajando para la mejora de las condiciones de trabajo de las Camareras de Pisos de Canarias”.

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