El Gobierno de España y el Ejecutivo de Canarias han alcanzado un acuerdo formal en el marco de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias. Mediante este pacto, enmarcado en el ámbito de la Política Territorial, el Gobierno autonómico canario ha aceptado las modificaciones planteadas por la Administración central respecto a diversos artículos de su Ley 9/2025, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2026.
El documento ha sido ratificado por el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres. Este consenso permite solventar las discrepancias de índole competencial que el Estado había detectado sobre varios puntos de la normativa presupuestaria canaria, evitando de este modo la interposición de un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. El objetivo principal de la revisión exigida por el Estado era dotar de seguridad jurídica a la aplicación de la norma.
El núcleo de la rectificación afecta directamente a los beneficiarios de pensiones no contributivas en el archipiélago. Con los criterios de aplicación administrativa y normativa recién acordados, se garantiza que los ciudadanos puedan percibir el importe máximo posible de la pensión complementaria activada por el Gobierno de Canarias. Según ha precisado el Gobierno central, de no haberse producido este acuerdo, existía el riesgo legal de que los pensionistas no tuvieran garantizado el cobro si la suma de la pensión estatal y el complemento autonómico excedía el tope anual máximo establecido en los Presupuestos Generales del Estado.
Respecto a este avance, el ministro Torres ha manifestado que la resolución del conflicto es “fruto del diálogo permanente y la voluntad del Gobierno de España de tender siempre la mano”. Asimismo, ha recalcado que esta medida aporta una solución con plenas “garantías para miles de pensionistas” del archipiélago.
Para dar cumplimiento a lo pactado, el Gobierno de Canarias ha asumido el compromiso de promover de manera inmediata las modificaciones legislativas oportunas para suprimir dos textos específicos de su ley: el apartado 4 del artículo 56 y el apartado cuatro de la disposición final sexta. Además de estas supresiones, ambas administraciones han acordado que la disposición adicional cuadragésima cuarta de la normativa autonómica deberá interpretarse y aplicarse en estricta conformidad con la legislación estatal vigente en materia de pensiones no contributivas y con lo estipulado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.






