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El Estado declara Zona Catastrófica para Tenerife y otras áreas del país afectadas por los incendios forestales

37 Incendios afectan diversas Regiones de España, desencadenando la Declaración de Zona Catastrófica por el Consejo de Ministros. En el caso de Tenerife, el Incendio Forestal fue el peor de este verano, arrasó 14,751 Hectáreas según la última cifra registrada por el Estado.

El Estado declara Zona Catastrófica en Tenerife y otras regiones, y aprueba ayudas para los afectados por los incendios forestales. El Consejo de Ministros ha tomado la decisión de declarar como Zona Afectada Gravemente por Emergencias de Protección Civil (ZAEPC) a un total de 37 incendios que han azotado diversas comunidades autónomas de España desde el 17 de mayo.

Estos incendios han causado estragos en las regiones de Andalucía, Canarias, Castilla y León, Comunidad Foral de Navarra, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana y Extremadura.

Esta medida incluye la zona afectada por el incendio forestal en Tenerife que comenzó el 15 de agosto en los montes de Arafo. El cual ha devastado aproximadamente 14.751 hectáreas. Además, se extiende a otros 36 incendios forestales que han tenido lugar desde el 24 de junio en diferentes puntos de las regiones mencionadas.

La declaración de ZAEPC facilita que los damnificados por estos 37 incendios forestales puedan solicitar asistencia para mitigar los daños sufridos. Estas ayudas abarcan daños personales, daños materiales en viviendas, enseres y en establecimientos industriales, comerciales y de otros servicios.

También se brinda apoyo a las autoridades locales cuyos territorios se vieron afectados por el fuego. Estas ayudas se otorgan siguiendo el principio de solidaridad interterritorial y de manera subsidiaria, con el propósito de complementar las acciones que las comunidades autónomas tienen encomendadas en virtud de sus competencias.

En concreto, la declaración ZAEPC ha sido aprobada respecto a la totalidad de los territorios afectados por los siguientes incendios:

Bonares y Puerto Real (Andalucía);

Puntagorda-Tirajafe-El Paso, Tejeda-Vega de San Mateo y Arafo (Canarias);

Santiago de Tormes, Santa Colomba de Curueño, Barjas, Fonfría y Gradefes (Castilla y León);

Esteribar-Olloki y Artajona (Comunidad Foral de Navarra);

Arcicóllar y Puebla de Don Rodrigo (Castilla-La Mancha);

Gilet, Betxi, Enguera, Barxeta, Crevillent, Siete Aguas, Montanejos, Oropesa, Benicarló, Alcalá de Chivert, Gandía, Alberic, Almenara, Burriana, Mutxamel y Cofrentes (Comunitat Valenciana),

Valverde de la Vera, Villanueva de la Vera, Jaraíz de la Vera (2), La Granja, Collado y Valencia de Alcántara (Extremadura).

AYUDAS DIRECTAS

Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes:

• Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.

• Ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros.

• Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.

• Ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros.

• Ayudas por otros daños en la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros.

• Ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.

• Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.

• Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.

• Ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50% y el 100%, según los casos.

• El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.

OTRAS MEDIDAS

El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros prevé la adopción de otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas:

Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.

Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.

Ayudas a las corporaciones locales: el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, por un importe de hasta el 50%, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.

Daños en infraestructuras públicas y dominio público: los restantes ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras, para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.

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