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Identifican al “kamikaze” de la TF-5: condujo unos 15 km en sentido contrario

La Guardia Civil investiga al titular del vehículo que circuló por la autovía TF-5 en sentido contrario al de la marcha de su carril durante al menos 15 km

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Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Sector de Tráfico de Canarias han instruido diligencias en las que investigan a un varón de 55 años de edad, como presunto autor de un delito contra la seguridad vial, conducción temeraria.

Los hechos ocurrieron sobre la 01:45 horas de la madrugada del pasado día 13 de enero, entre los puntos kilométricos 28 y 13 (La Victoria-La Laguna), autopista del norte- TF-5, cuando el vehículo que circulaba en sentido contrario al de su marcha (dirección al norte por el carril dirección Santa Cruz de Tenerife) fue visto y grabado por otros conductores-testigos que circulaban en el carril correcto dirección Santa Cruz de Tenerife.

Una vez que los agentes del GIAT tuvieron conocimiento de los graves hechos gracias a la colaboración ciudadana, más concretamente a través del vídeo grabado por los testigos de los hechos, que rápidamente alertaron a los servicios de emergencia, iniciaron de inmediato una investigación para su esclarecimiento, consiguiendo así identificar, localizar e investigar en un breve espacio de tiempo al titular del vehículo, a quien se investiga como presunto autor de un delito contra la seguridad vial.

Las diligencias instruidas han sido remitidas al Juzgado de Instrucción de Guardia de La Orotava.

Normativa.

Conforme a lo establecido en el artículo 381 del vigente Código Penal:

1.- “Será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años el que, con manifiesto desprecio por la vida de los demás, realizare la conducta descrita en el artículo anterior.

2.- “Cuando no se hubiere puesto en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, las penas serán de prisión de uno a dos años, multa de seis a doce meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el tiempo previsto en el párrafo anterior.”

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