Noticias Tenerife La Guardia Civil investiga al conductor de un turismo por conducir a 226 km/h en la carretera TF-1 en la isla de Tenerife

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La Guardia Civil investiga al conductor de un turismo por conducir a 226 km/h en la carretera TF-1 en la isla de Tenerife

Los hechos fueron denunciados en dependencias de la Guardia Civil, y se aportaron grabaciones de los hechos

El turismo circulaba por la carretera TF-1, dirección Santa Cruz a una velocidad de 226 km/h

Agentes de la Guardia Civil pertenecientes a la Unidad de Investigación de Seguridad Vial del Sector de Tráfico de Canarias (UNIS – GIAT), recibió una denuncia en la que se aportaban unos vídeos en los que se observaba que el velocímetro del vehículo marcaba 226 km/h.

Los agentes de la Unidad de Investigación de Seguridad Vial del Sector de Tráfico de la Guardia Civil de Canarias (UNIS – GIAT), tras el análisis de dichas imágenes, procedieron a realizar las averiguaciones correspondientes para la identificación del conductor y de los datos identificativos del vehículo que conducía.

Como resultado de las gestiones realizadas se logró identificar al conductor de los hechos, así como los datos de identificación del vehículo que conducía, procediendo a su investigación por un presunto delito contra la Seguridad Vial por conducir un vehículo a motor con exceso de velocidad superando en 80 km/h, la velocidad máxima permitida reglamentariamente en vías interurbanas y por un presunto delito de conducción temeraria con consciente desprecio por la vida de los demás.

Además, se debe tener en cuenta que la velocidad tiene una influencia directa en la ocurrencia y severidad de los siniestros viales. Con velocidades de conducción más altas, el número de siniestros y su gravedad aumentan exponencialmente.

Normativa aplicable

Conforme a lo establecido en artículo 379 del Código Penal, circular con un exceso de velocidad superando en 80 Km/h. la velocidad máxima en vías interurbana, está castigado con una pena de prisión de 3 a 6 meses, una multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 1 a 4 años. La conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás, contemplada en el artículo 381 del Código Penal español, se castiga con prisión de dos a cinco años, una multa de doce a veinticuatro.

De los hechos investigados se instruyeron las diligencias oportunas que han sido entregadas en el Juzgado de Instrucción en funciones de Guardia del partido judicial de Granadilla de Abona (Santa Cruz de Tenerife).

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