Correos ha informado este martes que ya se puede solicitar el voto por correo para las Elecciones Generales del domingo 29 de noviembre de 2026. Para ejercerlo, los electores deben obtener antes el certificado de su inscripción en el Censo Electoral. Este documento es un requisito imprescindible para emitir el voto por correspondencia. Se puede pedir hasta el 19 de noviembre, inclusive, por vía telemática en la web www.correos.es o de forma presencial en cualquier oficina de Correos de España.
Trámite por internet
Quien opte por la vía online no tiene que acudir a una oficina, lo que le evita desplazamientos. A cambio, debe acreditar su identidad con firma electrónica. Correos acepta como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Trámite en las oficinas
La solicitud también puede hacerse en cualquier oficina de Correos del país. La petición debe presentarla personalmente cada elector, con una excepción: que una enfermedad o una discapacidad, acreditada mediante certificación médica oficial, le impida hacerlo. En ese caso, otra persona puede presentarla en su nombre si cuenta con autorización notarial o consular.
En el momento de formular la solicitud, el interesado debe mostrar al empleado de la oficina su DNI, su pasaporte o su carnet de conducir, siempre en original.
Para agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece cita previa para solicitar el voto en las oficinas. Se gestiona desde la app de Correos, desde su web o desde la Oficina Virtual. El elector solo tiene que escoger una oficina que tenga cita disponible y, después, el día y la hora que le convengan.
Qué ocurre después de la solicitud
Correos entregará las solicitudes que reciba a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Estas enviarán a los solicitantes, a partir del 9 de noviembre, la documentación necesaria para votar por correo.
Correos recuerda que esa documentación llegará a la dirección que cada persona indique en su solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. El plazo para depositar el voto por correo terminará el 25 de noviembre de 2026.







