Noticias Tenerife La jueza no ve delito en la denuncia de malos tratos en la guardería de Buzanada y sobresee el caso

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La jueza no ve delito en la denuncia de malos tratos en la guardería de Buzanada y sobresee el caso

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“En efecto, no se encuentran indicios racionales de que se haya producido un delito contra la integridad física o moral de los menores a cargo de la investigada”.

Debemos recordar que la Policía Judicial de la Guardia Civil había imputado a la trabajadora del centro de Buzanada por un delito de malos trato a los bebés que tenía a su cargo y que fueron grabados en un vídeo.

El Juzgado de Instrucción número 2 de Arona, con fecha 1 de junio de 2017, ha emitido Auto de sobreseimiento y archivo de las causas relativas a la presunta comisión de un delito de malos tratos a menores en el Centro Infantil municipal de Buzanada (Arona).

La resolución del procedimiento de diligencias previas 262/2017, relativo a unos hechos acaecidos el 16 de enero de este año, se basa en la práctica de las diligencias que se han considerado esenciales para el esclarecimiento de los hechos denunciados. Para ello, se ha tomado declaración a la denunciante, directora del centro; de la investigada, de los padres de los menores presuntamente afectados y de los responsables municipales del Centro Infantil, así como las testificales de las restantes educadoras del centro y el informe de la actuación policial. Además, señala la ausencia de lesiones físicas en los menores y la ausencia de partes médicos.

A la vista del contenido de las diligencias practicadas, la jueza concluye que “no resulta debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa”. “En efecto, no se encuentran indicios racionales de que se haya producido un delito contra la integridad física o moral de los menores a cargo de la investigada”.

El auto recoge la “ausencia de lesiones en ninguno de los doce menores integrantes del Aula Lanzarote del Centro Infantil, ni en el momento de iniciarse la presente investigación ni con anterioridad, corroborado por las respectivas declaraciones de sus representantes legales. La ausencia de antecedentes penales de ningún tipo en la investigada, verificándose su dedicación a la educación por más de 10 años sin que haya tenido queja o denuncia alguna por su desempeño. La declaración de la investigada, que resulta constante, coherente y coincidente con los tiempos determinados en el informe policial, así como en las imágenes visionadas”.

En relación a las imágenes de vídeo del lugar de los hechos, relativas a un aula de 12 niños de entre 1 y 2 años que se encuentran a cargo de dos cuidadoras, se realiza un visionado de todo un mes, señala que “las actitudes descritas pueden considerarse poco adecuadas en el trato a niños que son prácticamente bebés y, si acaso, podrían considerarse como infracciones de tipo laboral (como así fue, ya que la investigada fue suspendida de empleo y sueldo por ello), más no como una conducta relevante jurídico-penalmente hablando, pues en ningún caso se aprecia una conducta tendente a causar daño a los niños a su cargo ni tampoco de carácter vejatorio”.

El auto deja sin efecto la medida cautelar acordada en la presente causa, de suspensión de empleo de la trabajadora investigada, una vez sea firme la presente resolución, contra la que cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de cinco días.

El Patronato de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Arona quieren señalar, en relación a estos hechos que:

Las cámaras de seguridad en este centro infantil municipal, dependiente de la sociedad mercantil municipal Arona Desarrollo SAU ADESA, se instalaron en julio de 2016,  previa adjudicación tras procedimiento de licitación pública del Ayuntamiento de Arona, contrato que incluye la implantación de las cámaras de seguridad y servicios de grabación en diversas instalaciones públicas de Arona, con garantías de cumplimiento de la Ley de Protección de Datos y publicado en el portal web municipal.

Por tanto, dicho servicio de vigilancia de seguridad estaba operativo, con el conocimiento debido de las partes, desde meses antes de los hechos acaecidos y referidos en la guardería municipal de Buzanada el 16 de enero de 2017.

El 17 de enero de 2017, la directora del citado centro pone en conocimiento de la empresa ADESA los hechos acaecidos 24 horas antes mediante un informe. La empresa, a su vez, lo pone inmediatamente en conocimiento de la responsable del Patronato de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Arona, en tanto consejera delegada de dicha sociedad mercantil.

La concejal solicita presencia del responsable de las cámaras de seguridad de dicho centro infantil y del ingeniero jefe del Área de Ingeniería y Seguridad del Ayuntamiento de Arona, con quienes se persona en el centro para visualizar las grabaciones a las que se alude en el citado informe escrito.

Asimismo, se procede a la visualización de grabaciones de otros días de la trabajadora a la que afectan estos hechos, así como de otras trabajadoras, horarios y espacios del centro para comprobar si otras posibles incidencias se hubiesen producido, de lo que no se advierte constancia alguna.

Seguidamente, se cita a la trabajadora y se le comunica que la empresa tomará las medidas pertinentes y se le abrirá expediente sancionador por lo ocurrido, que incluye la suspensión de empleo y sueldo.

Seguidamente, la concejal de Servicios Sociales y consejera delegada de ADESA elabora un informe sobre los hechos para su puesta en conocimiento ante la autoridad judicial, que considera debe ser quien se pronuncie sobre estos hechos.

A primera hora del 18 de enero de 2017, tras realizar todo este procedimiento con la mayor rapidez posible y siempre en el marco de garantías procedimentales pertinentes, se produce la comparecencia de la citada concejal en el Juzgado de Instrucción número 3 de Arona para informar de los hechos y así consta en la correspondiente acta de comparecencia.

Se inicia una investigación policial que culmina con la apertura de un proceso de instrucción judicial, el cual finaliza este 1 de junio con auto de sobreseimiento y archivo de la causa, con notificación a ADESA en la tarde del día inmediatamente posterior.

La trabajadora que aparece en las citadas imágenes que han motivado estas actuaciones permanece sin prestar servicio en esta ni otras instalaciones municipales desde esa fecha y hasta nueva resolución, que se producirá una vez la decisión judicial sea firme.

Al tratarse de un asunto tan sensible, que afecta a menores y siempre con el respeto debido a la presunción de inocencia, ADESA, el Patronato de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Arona han reclamado siempre el respeto a este procedimiento y a la autoridad judicial.

Se han mantenido reuniones con las familias afectadas, las cuales han sido informadas durante el procedimiento.

En cuanto al despido por parte de la sociedad mercantil ADESA a la directora de dicho centro, este tuvo lugar el 31 de mayo de este año y se corresponde a la apertura de tres expedientes sancionadores previos por cuestiones de índole laboral.

Por respeto a los derechos de esta persona, no se ha hecho pronunciamiento público sobre los motivos del despido, entendiendo que es la administración de justicia correspondiente, si fuera el caso, quien deberá pronunciarse al respecto.

 

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