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San Juan y San Pedro en Adeje: Autorización y Medidas de Seguridad Obligatorias para las Hogueras

Las solicitudes para las hogueras de San Juan se aceptarán hasta el 20 de junio de 2024, y para las hogueras de San Pedro hasta el 25 de junio de 2024.

En vista de las próximas festividades de San Juan y San Pedro, el Ayuntamiento de Adeje ha emitido un comunicado para todas las personas que deseen realizar hogueras en áreas privadas designadas en la zona B (autopista hacia abajo).

Se les solicita que informen al Ayuntamiento presentando el formulario específico disponible en el sitio web municipal www.adeje.es.

La comunicación puede presentarse electrónicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Adeje, o en persona en la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento apela a la solidaridad, responsabilidad y civismo de los ciudadanos para garantizar que las festividades se desarrollen en un ambiente de convivencia saludable y respeto al medio ambiente.

Las solicitudes para las hogueras de San Juan se aceptarán hasta el 20 de junio de 2024, y para las hogueras de San Pedro hasta el 25 de junio de 2024.

Para asegurar la seguridad durante las celebraciones, se han establecido las siguientes condiciones de seguridad obligatorias:

Las hogueras deben situarse en lugares de fácil acceso para los servicios de emergencia, alejados de vegetación inflamable y edificaciones.

El área alrededor de la hoguera debe estar libre de vegetación y materiales inflamables.

La pila de materiales no debe exceder los 2 metros de altura ni los 3 metros de diámetro.

Se deben evitar materiales altamente inflamables o contaminantes.

Las hogueras sólo podrán encenderse entre las 20:00 horas del 23 y 28 de junio hasta las 2:00 horas del 24 y 29 de junio, respectivamente.

Se deben tomar medidas de precaución, como tener agua o extintores cerca, y supervisar el área hasta que el fuego esté completamente extinguido.

Zonas Permitidas y Horario de las Hogueras

ZONA A: Se ha demarcado un territorio, excluyendo las áreas urbanas, que se encuentra delimitado por el T.M. de Guía de Isora al norte, los T.M. de Arona y Vilaflor al sur, el Parque Nacional del Teide al este y la autopista del Sur y su prolongación la C-822 al oeste.

Este territorio también incluye todos los cauces de los barrancos. En esta zona, el Cabildo Insular de Tenerife requerirá una autorización previa para cualquier actividad, debido al alto riesgo de propagación de incendios forestales.

El Cabildo determinará las medidas de seguridad específicas para las actividades que se realicen.

ZONA B: El resto del término municipal y las áreas urbanas, donde será necesario notificar al Ayuntamiento a través de un formulario específico.

Las hogueras podrán encenderse desde las 20:00 horas de los días 23 y 28 hasta las 2:00 horas de los días 24 y 29, respectivamente, para respetar el descanso de los vecinos.

Se prohíbe encender hogueras si existen condiciones meteorológicas adversas, como fuertes vientos o temperaturas extremas, u otras alertas meteorológicas declaradas por el Gobierno de Canarias.

Las personas a cargo de las hogueras deben ser mayores de edad o, en su defecto, sus tutores legales. Serán responsables de cualquier daño causado a bienes o personas.

En caso de incumplimiento, la Policía Local tiene autoridad para retirar las hogueras y sancionar a los responsables.

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