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Se abre en Santiago del Teide las subvenciones para financiar obras de rehabilitación en viviendas

Las mismas se podrán solicitar hasta el 11 de enero para viviendas que no reúnan las condiciones mínimas de habitabilidad y para legalizarlas.

 El Ayuntamiento de Santiago del Teide  ha abierto, hasta el próximo 11 de enero, la convocatoria de subvenciones para financiar obras de rehabilitación en viviendas, que constituyendo su domicilio habitual, no estén en condiciones mínimas de habitabilidad u obras dirigidas a legalizar la vivienda, con cargo al Programa Insular de Rehabilitación de Viviendas aprobado por el Cabildo Insular de Tenerife.

La presente convocatoria agrupa los Programas Insulares de Rehabilitación de Vivienda 2016-2017 con un presupuesto total de sesenta y seis mil novecientos setenta y un euros con veinte céntimos(66.971,20 euros).

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones las personas físicas que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes:

  1. a) Ser mayor de edad o estar emancipado legalmente, o en su defecto, haber iniciado el trámite legal de emancipación.
  2. b) Estar empadronados y residir de forma efectiva en el municipio de Santiago del Teide, con seis meses de antelación a la fecha de aprobación del Programa Insular de Rehabilitación de Viviendas.
  3. c) Ostentar la propiedad/copropiedad de la vivienda en que se van a realizar las obras de rehabilitación, o tener el derecho de usufructo o derecho de uso sobre la misma.
  4. d) Que la vivienda objeto de rehabilitación constituya el domicilio habitual y permanente del solicitante y de su entidad familiar.
  5. e) Que el solicitante y ninguno de los miembros de la unidad familiar sean titulares de otra vivienda.
  6. f) No superar los ingresos de la unidad familiar en los términos que constan en el artículo 9 de las Bases reguladoras.

     Se consideran actuaciones de rehabilitación las siguientes obras:

* Las obras de mejora de la accesibilidad universal y de supresión de barreras arquitectónicas.

* Las obras necesarias para adecuar las viviendas a las condiciones mínimas de habitabilidad.

* Las obras de reforma o sustitución para mejorar las condiciones de salubridad en las viviendas.

* Las obras que garanticen la seguridad de la vivienda tales como el refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales.

* Las obras o reformas que permitan la adaptación a la normativa vigente en materia de agua, gas, electricidad, protección contra incendios, etc.

* La reforma o sustitución de las instalaciones obsoletas o inexistentes de fontanería, saneamiento, electricidad o gas.

* La reparación de cubiertas y fachadas a fin de eliminar humedades.

Por último, señalar que el importe de la ayuda individual a otorgar no podrá superar en ningún caso la cantidad de seis mil euros (6.000,00 euros).

Las personas interesadas en las subvenciones para la rehabilitación de viviendas deben solicitar cita previa en el teléfono 922-86-31- 27 ext 201.

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