San Miguel de Abona informa sobre el procedimiento y las medidas de seguridad a adoptar para realizar las tradicionales hogueras de San Juan.
El Ayuntamiento informa que queda totalmente prohibido realizar hogueras en cualquier espacio público o zonas protegidas, incluyendo el casco histórico del municipio, declarado Bien de Interés Cultural (BIC).
En este sentido, las hogueras podrán hacerse en espacios privados y las personas interesadas deberán solicitar autorización para la quema aportando copia del DNI, Declaración Responsable, plano de situación de la finca y plano catastral de la parcela y cuyo trámite se realizará directamente en la Concejalía de Fiestas.
Cabe señalar, que entre las medidas de seguridad se establece que las hogueras no pueden superar los 2 metros de combustible apilado y su diámetro no puede ser superior a 3 metros, además de establecer una distancia de seguridad de 20 metros como mínimo respecto a cualquier edificación, tendido eléctrico, mobiliario urbano, vehículos u otra infraestructura que pueda verse afectado negativamente por las consecuencias de la hoguera, entre otras.
Medidas preventivas de seguridad para las hogueras estivales
- Queda prohibido la realización de hogueras o quemas en cualquier vía o espacio público y dentro de los espacios protegidos, incluyendo el casco histórico del municipio, declarado Bien de interés Cultural (BIC).
- Las personas interesadas deben solicitar autorización para dicha quema aportando modelo de solicitud 730, declaración responsable, copia del DNI, plano de situación de la finca y plano catastral de la parcela. Documentación que puede solicitar en la Concejalía de Fiestas, o descargar desde la web del Ayuntamiento.
- El montaje de la hoguera o quema se deberá realizar en lugares despejados y limpios de vegetación y otros combustibles, manteniendo una distancia de seguridad como mínimo de 20 metros de cualquier edificación, tendidos eléctrico u otras instalaciones, mobiliario urbano, vehículos de todo tipo, y en general de cualquier infraestructura o elemento, público o privado, que pueda verse afectado negativamente por las consecuencias de la hoguera.
- La hoguera o quema, en su montaje no superara los 2 metros de combustible apilado y con un diámetro máximo de 3 metros.
- Deberá respetarse una distancia de seguridad de mínimo 100 metros entre las hogueras o quemas.
- La pila de materiales no podrá contener materiales inflamables ni explosivos o sujetos a explosión por presión interna, ni elementos de composición plástica, u otro material que al arder desprendan gases nocivos para la salud o molestos para las personas.
- Queda prohibido el prendido de la hoguera o quema utilizando materiales inflamables.
- Se dispondrá por parte de los responsables de una toma de agua con caudal y presión suficientes para proyectar el líquido hasta la copa del mismo y cuya longitud permita rodear el contorno de la hoguera en sus tres cuartas partes.
- El promotor se responsabilizara del control de la hoguera durante la quema y de la correcta y total extinción de la misma, así como la recogida y limpieza de todos aquellos desechos ocasionados.
- Las quemas y Hogueras quedaran sujetas a la posibilidad de declaraciones de alertas por fenómenos meteorológicos que pudieran comprometer la actividad o por riesgos de incendios, en ambos casos se procederá a su suspensión cautelar.
- Los agentes de la Policía Local de San Miguel de Abona y/o personal de Protección Civil vigilarán el estricto cumplimiento de estas disposiciones, pudiendo en caso de infracción o ante cualquier peligro, prohibir el encendido u ordenar la extinción de la hoguera o quema.
- Ante cualquier incidencia o emergencia se deberá contactar a través del teléfono único de emergencia 112 ollamando al 629 232623 de la Policía Local.
Así mismo, el ayuntamiento de San Miguel de Abona señala que “entre todos y todas, un San Juan con seguridad es posible.”