El PSOE presentará una iniciativa en el Pleno del día 26 de enero sobre ese asunto.
Aunque El Socorro fue utilizado desde antiguo para la realización de maniobras militares, a juicio de los socialistas güimareros, no se ha tenido en cuenta que el lugar hace más de veinte años que dejó de ser un caserío solitario para convertirse en un núcleo de viviendas estables, inmediato además a una de las áreas industriales más importante de Tenerife, el Polígono Industrial de Güímar. La zona se ha convertido por tanto en un lugar frecuentado que es puesto en peligro con los vuelos de helicópteros militares a muy baja altura y en muchos casos, durante la noche. La situación se agrava más aún cuando, como se sabe, el pueblo está al lado de un espacio natural protegido frágil e importante como es el Malpaís de Güímar.
Está constatado que los aterrizajes de las aeronaves destruyen la flora del lugar y alteran la vida de numerosos animales endémicos que viven allí. Un daño añadido nada despreciable es la repercusión sobre una importante estación apícola establecida en el Malpaís y en donde los torbellinos levantados por las aspas de los helicópteros han llegado a destapar y hasta volcar numerosas colmenas. Como consecuencia de esto, más del cincuenta por ciento de las colmenas han visto morir sus enjambres y en los que han sobrevivido, la producción se ha visto mermada hasta menos de la mitad. Ya hace unos meses, la denuncia de un apicultor tuvo repercusión en la prensa y las redes sociales.
El palabras de Airam Puerta, portavoz del Grupo Municipal Socialista, la moción solo pretende recoger el malestar de los vecinos de El Socorro, manifestado en numerosas ocasiones ante el Ayuntamiento, así como de los visitantes al Malpaís y la comunidad científica y los apicultores (que ya han tomado medidas a través de la organización sindical PALCA).
Se trata, dicen los socialistas, de que se cumpla la ley, ya que el propio Plan Director del Espacio Natural Malpaís de Güímar es tajante al respecto al afirmar que están prohibidos en el mismo “la realización de todo tipo de maniobras militares y ejercicios de mando salvo los supuestos contemplados en la Ley Orgánica 6/1980 de 1 de julio, así como en la Ley Orgánica 4/1981 de 1 de junio sobre Estados de Alarma, Excepción y Sitio”, y en otro punto: “sobrevolar la reserva a baja altura (inferior a 300 m.) con aparatos provistos de motor, incluyendo aviones teledirigidos.”