El establecimiento supera el límite de emisión de ruidos, visto el informe citado que en síntesis señala que la actividad evaluada es NO CONFORME según el artículo 25 del Real Decreto I367/2007 del 9 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de l7 de noviembre, del Ruido, los hechos son motivos de infracción Administrativa en materia de contaminación acústica.
El ayuntamiento de Guía de Isora mediante una notificación de 9 de noviembre de 2016 ha incoado un expediente sancionador al hotel Barceló Varadero por contaminación acústica, considerándola como falta grave, proponiendo una sanción económica de hasta 12.000 euros, suspender la autorización ambiental integrada, la autorización o aprobación del proyecto sometido a evaluación de impacto ambiental, la licencia de actividades clasificadas por un periodo máximo de un año y, la clausura temporal, total o parcial de las instalaciones por un periodo no superior a dos años.
Este expediente se ha incoado a razón de las denuncias y quejas presentadas por F.B.C., desde hace varios años por los ruidos producidos por las actividades de espectáculos que realiza el hotel, y con fecha 27 de septiembre se produjo la presentación ante el juzgado de guardia de una denuncia contra el Ayuntamiento por prevaricación y dejación de funciones.
La policía local de Guía de Isora, conjuntamente con la empresa Eurocontrol, S.A. han realizado mediciones de decibelios entre los días comprendidos entre el 4 y 10 de octubre, en las inmediaciones del domicilio del denunciante, dando como resultado un incremento en los niveles de decibelios permitidos según la normativa vigente. Durante esos días el establecimiento hotelero organizó actuaciones de espectáculo humorístico musical, tablado flamenco, acróbatas y malabaristas, duelo de pareja de bailes y, actuaciones de música en directo.
La incoación del expediente sancionador conlleva el nombramiento del órgano instructor y dar traslado a las partes para que se personen en el procediendo y aleguen lo que consideren pertinente en aras de su legítima defensa.
Para el denunciante resulta llamativo que las actuaciones del Ayuntamiento se hagan posteriores a la presentación de la denuncia ante el juzgado de guardia, cuando desde 2007 lleva sufriendo estos inconvenientes y denunciando los hechos ante el Ayuntamiento, tal y como ya adelantó este periódico el pasado 3 de octubre.