Noticias Tenerife Salvar La Tejita puntualiza a la opinión pública y la promotora Viqueira su posición ante el hotel

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Salvar La Tejita puntualiza a la opinión pública y la promotora Viqueira su posición ante el hotel

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Con motivo del comunicado emitido por la promotora Viqueira, empresa promotora de la obra de construcción de un Hotel en la playa de La Tejita, La Asociación Ecologista Salvar La Tejita desea puntualizar y trasladar a la opinión pública los siguientes aspectos:

– Falacia nº 1: “Al contrario de lo que han manifestado diferentes colectivos, este proyecto se ejecutará sin que se produzca afección alguna a la playa de La Tejita y sin que se realicen obras sobre la misma.”

La Tejita forma parte de un sistema arenoso cuyas dimensiones van mucho más allá de lo que pueda  decir  un  planeamiento  urbanístico  o  la  opinión  científicamente  infundada  de  una  empresa  promotora. La  parcela  donde  pretenden construir  el  hotel  forma  parte  de  un pasillo arenoso  que  conecta  las  playas  de  La  Tejita  y  El  Chinchorro  (playa  del  Chiringuito  Pirata).  Las arenas  circulaban  por  ese pasillo  impulsadas  por  los vientos  dominantes  desde La Playa  de  la Tejita  a  la  Playa  del  Chinchorro.  El  levantamiento  de  un  vallado  metálico en  2002  ya  supuso una afección importante a la circulación de las arenas, la construcción de un hotel bloquearía aún  más  la  circulación  de  arenas  de  una  playa  a  otra,  amén  de destruir  el  pasillo  arenoso (campo dunar) que conecta ambas playas.

Que el levantamiento de un simple vallado metálico, y por consiguiente, la construcción de un hotel, ha afectado y afectará a la playa de la Tejita es un hecho científicamente demostrado en el informe “Geomorfología litoral de la provincia morfodinámica del Sureste de Tenerife, especial atención al área Tejita-Chinchorro” presentado por esta Asociación y ACEPTADO por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar. Es por ello que han autorizado la incoación  del  expediente  de  deslinde  en  la zona  afectada  y  han  propuesto  incluir este pasillo arenoso dentro del dominio  público marítimo terrestre. Cita textual de las palabras recogidas en  dicha  autorización  (registro  de  entrada  nº  03/47215,  fecha  14-11-18):  “En  base  a  los estudios  granulométricos  realizados,  las  arenas  de  la zona  son  finas  y  eólicas, concluyéndose que todos los puntos muestreados en el Chinchorro y en el pasillo arenoso Tejita-Chinchorro, tienen características propias de los sistemas dunares, por lo que se propone  la modificación del  deslinde  a  fin  de  incluir  en  el  dominio  público  marítimo-terrestre  terrenos  que  tienen  las características naturales de playa”.

2002. Las playas de La Tejita y El Chinchorro son un continuo arenoso de colores grisáceos, justo en la parcela hotelera.

– Falacia nº2: “El proyecto se ha realizado partiendo de una premisa fundamental, el entorno donde se ubica, es por ello que su diseño, morfología, alturas, acabados y zonas de esparcimiento se han realizado con el objetivo de integrar el hotel en la (…) La promotora es la primera interesada en que así sea, y por ello,  ha  invertido  y  apostado  por  este  maravilloso lugar,  cediendo  más  de  000*  metros  cuadrados  de zonas verdes y de esparcimiento para uso público.”

La  premisa  fundamental  por  la  que  la  promotora Viqueira  está  ganando  cuantiosas plusvalías en  cada  una  de  sus  promociones  en  la  zona  es  su  emplazamiento  exclusivo ante  un  paisaje natural  prácticamente  virgen.  Ese  paisaje  escapó  en  su  día  de  la destrucción  (de  proyectos urbanísticos  tan  antiguos  como  el  de  Viqueira)  gracias  a  la  lucha  ecologista  y  de  una comunidad  científica  entonces  muy  comprometida  que  consiguió  la  declaración  de  espacio natural protegido. Irónicamente  esa  lucha  les  liberó  de  competencia y  por otro  les  otorgó  un altísimo  valor  añadido  en  forma  de  un  paisaje inmaculado  del  que  son  hoy  espectadores  de primera  fila.  Y  todo  ello  les  fue  otorgado de  manera  gratuita.  Su  contribución  al  que  ustedes denominan “maravilloso lugar” será  la masificación  de  los  frágiles  hábitats  presentes  en  la Reserva  Natural  Especial  de Montaña  Roja  y  la  destrucción  de  un  campo  dunar.  Intentar vender este proyecto como una obra de integración en la naturaleza, es un cuanto menos un insulto a la sostenibilidad.

– Falacia nº3: “Hemos cumplido escrupulosamente todos los requisitos y normas para la obtención de las licencias necesarias”

Es  una  buena  ocasión  para  recordarles  como  en  marzo  de  2016  las  palas  de  la empresa entraron (sin ningún tipo de licencia) a destruir las dunas dentro de la zona de servidumbre de protección.  Acto  ilegal  y  totalmente  premeditado,  sin  duda  ya  tenían  conocimiento  de los estudios  geomorfológicos  que  estábamos  presentando  a  Costas,  y  que  manera  más elegante que destruir las pruebas. Este acto fue denunciado por nuestra parte y se tuvo que personar la  policía local en el lugar y comprobaron que tal licencia no existía. La respuesta que ofrecieron es  que  estaban  haciendo  trabajos  de  refuerzo  del  vallado,  que  casualidad  que por  el  camino arrasaron el 100 % de las dunas, y no tocaron los interminables metros de vallas en mal estado que lindan con el paseo marítimo.

Marzo 2016, campo dunar arrasado.

Volviendo  al  presente,  por  otro  lado  tenemos  el  tema  de  los  vados  de  entrada  y  salida  de camiones. Desde que empezaran las obras el 29 de mayo no existe vado alguno, no obstante siguen  día a  día ocupando la vía pública  (aceras,  pasos  de  peatones, aparcamientos  públicos) con este propósito con total impunidad por parte de las fuerzas de seguridad.

Situación actual entrada y salida de maquinaria.

– Falacia nº4: “(…) Entre otras, cuenta con la autorización del Viceconsejero de Política Territorial, en la que expresamente se indica que “la edificación  hotelera  se  ubica  fuera  de  la  zona  de  servidumbre  de protección del dominio público marítimo-terrestre”.”

Rigiéndonos por el deslinde aprobado en 2002, una parte del complejo hotelero queda dentro de la servidumbre de protección, en la cual no está contemplado (ni permitido) edificar, pero si se admite en la Memoria de las obras que se realizan en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre (2016), la destrucción de los restos de dunas existentes en dicha zona de servidumbre de protección:  “Desbroce del terreno y movimientos de tierras en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre para conjugar el nivel topográfico del paseo marítimo existente y las edificaciones proyectadas próximas a la zona de servidumbre de protección marítimo-terrestre.”

–  Falacia  nº  5:  En  el  seno  del  procedimiento  de  aprobación  de  dicho  deslinde,  ya  se  plantearon cuestiones  coincidentes  a  las  que  ahora  han  motivado  la  iniciación  del  procedimiento  de  revisión  del deslinde  a  petición  de  la  Asociación  Ecologista  Salvar  la  Tejita-Recuperando  Espacios  Naturales  y  de  la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza, habiendo sido desestimadas por el órgano competente en materia de costas.

Este  punto  es  muy  importante  a  la  hora  de  entender  la  destrucción  y  ocupación  masiva  del litoral  isleño  durante  años  debido  a  la  “influencia” ejercida por  las  empresas  constructoras sobre  la  Administración  Pública.  Esas  “cuestiones  coincidentes  ya  planteadas”  quedan recogidas  en  el  expediente  del  deslinde  de  2002.  En  un  principio  parte  de  este  campo  dunar fue  propuesto  por  Costas  como  integrante  del  dominio  público  marítimo  terrestre,  algo completamente  lógico  teniendo  en  cuenta  lo  recogido  en  el  artículo  3.1  de  la  Ley  de Costas/1988 y la envergadura del campo dunar que por entonces aún se conservaba  en buen estado. Sin embargo, de manera inexplicable, Costas aceptó la siguiente alegación, y excluyó el campo  dunar  de  la  zona  de  dominio  público marítimo  terrestre:  “La reiteración en las alegaciones  en  las  que  se  plantea  que  las  dunas  no  invaden  toda  la  zona  afectada  por  el dominio público y que lo  que va más allá se debe a fenómenos artificiales y no naturales, nos lleva a realizar una tercera visita al terreno en la que, en efecto, se observa que tal influencia no es de origen marino. La existencia de un paseo peatonal que no se ve invadido por la arena, vista  la  hipótesis  mencionada,  por  lo  que  la  línea  de  deslinde  se  ha  de  situar  más  próxima  al mar ajustándola al límite real de la mencionada influencia marina sobre los materiales sueltos como lo estipula la ley en su artículo 3.1.b).”

En  resumen,  el  “sólido  argumento  geomorfológico”  aportado  por  la  promotora es  que  ahí  se acumulaba  la  arena  de  manera  ¡artificial!.  Espectacular  argumento  que  sorprendentemente fue  aceptado  por  los  entonces  responsables  de  velar  por  la protección  del  dominio  público marítimo-terrestre.  Ahora,  cuando  la  promotora  afirma en  su  comunicado  que  “esas cuestiones ya fueron desestimadas”, saben,  y  ese  es  su  temor, que  su  argumento  de  aporte artificial  es  un  auténtico  disparate,  insostenible técnicamente.  La  Dirección  General  de  la Sostenibilidad  de  la  Costa  y  del  Mar,  en  base al  estudio  geomorfológico  aportado  por  esta asociación ha reconocido esta realidad, que buena parte de la finca donde se pretende edificar el  hotel  formaría  parte  del  dominio público  marítimo  terrestre  por  reunir  las  condiciones naturales para ello conforme a las determinaciones de la Ley de Costas.

Campo dunar a principios de 1990s.

– Falacia nº 6: “(…) Asimismo, con carácter previo al inicio de las obras, el Servicio Provincial de Costas de Tenerife levantó acta de replanteo del deslinde marítimo-terrestre sobre el terreno, en concreto, entre los  vértices  cuestionados  en  el  procedimiento  de  revisión  del  deslinde, y  de  acuerdo  con  este  replanteo del proyecto se están ejecutando las (…)”  Las  obras  se  están  ejecutando  en  base  al  deslinde  de  2002,  no  en  base  a  los  vértices  del deslinde en revisión.

–  Falacia  nº  7:  En  cualquier  caso,  la  incoación  del  expediente  de  revisión  del  deslinde que  se  está tramitando actualmente, no afecta en modo alguno al proyecto del hotel, puesto que las autorizaciones y  licencias  preceptivas,  fueron  obtenidas  con  carácter  previo  a  su  incoación,  al  amparo  del  deslinde vigente desde el año.

Tal y como se recoge en la Ley de Costas de 1988, en su artículo 12, relativo a la incoación de expedientes de deslinde: “5. La providencia de incoación del expediente de deslinde implicará la  suspensión  del  otorgamiento  de  concesiones  y  autorizaciones  en  el  dominio  público marítimo-terrestre y en su zona de servidumbre de protección (…)”

En ningún momento se hace mención alguna a si las suspensiones tienen carácter retroactivo o no. Esto lo defenderemos hasta el final.

Por otro  lado,  queremos  recalcar la cronología de  los  hechos.  El 14-11-18  llega  a  la  Dirección Provincial de Costas de S/C de Tenerife, proveniente desde Madrid, una orden de incoación de expediente de deslinde del tramo de costa afectado por el hotel. Pues bien, esa orden tarda en hacerse  pública  3  meses  (05-02-2019).  En  ese  tiempo  el  Ayuntamiento otorga  la  licencia  de obra  mayor  en  enero  de  2019.  Este  injustificado  retraso  está  siendo  determinante  en  el desarrollo de los hechos, y ha sido denunciado por nuestra parte.

–  Falacia  final:  “Queremos  manifestar  nuestro  firme  propósito  de  ejecutar  el  hotel  de  cinco  estrellas, proyecto que se ajusta estrictamente a toda la normativa que resulta de aplicación. Prueba de ello es el hecho  de  que  cuente  con  todos  los  permisos  preceptivos  de  los  diferentes  organismos  intervinientes, emitidos en el seno de unos procedimientos que han cumplido escrupulosamente todas y cada una de las exigencias legales, y en los que quienes ahora se oponen por la vía de las coacciones y las amenazas, han intervenido  y  alegado  lo  que  han  estimado  oportuno,  y  visto  rechazados  sus  argumentos  falsos  y demagógicos, y es por ello que no se cederá a coacciones ni denuncias carentes de amparo legal (…)”

Si  se  entiende  por  coacción  y  amenaza  utilizar  las  vías  legales  para  exigir  la  actuación  de  las administraciones  competentes,  seguiremos  hasta  agotar  todas  las  vías  y  conseguir devolver estos terrenos al uso y disfrute público.

Argumentos  falsos  y  demagógicos  han  sido  desglosados  uno  a  uno  por  nuestra  parte  en el presente escrito.

Nosotros  también  queremos  mostrar  nuestro  firme  propósito  en  seguir  adelante  con  esta lucha, este pedazo de costa vale para nosotros más que todos los apartamentos de Sotavento juntos, que su centro comercial y su hotel. Vamos a luchar porque las siguientes generaciones puedan seguir disfrutando La Tejita tal y como la conocemos, salvaje y libre de masificaciones.

“El próximo sábado 15 mostraremos nuestro descontento” ¡La Tejita no se toca!

 

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