El anunciado dispositivo especial de la Policía Local de Arona para el programa del Carnaval Internacional de Los Cristianos 2025, emitido por el Ayuntamiento este martes 18, ha desatado una dura condena hacia el consistorio por parte de los agentes del cuerpo.
La Asociación Sindical Independiente de Policías de las Administraciones Locales de Canarias (ASIPAL-CSLA) ha puesto en tela de juicio la eficacia del operativo, citando como “fake news” el recientemente anunciado “dispositivo especial de seguridad” para el Carnaval de Los Cristianos, acusando a la Jefatura de la Policía Local de Arona y, al Gobierno Local de “vender” una “falsa seguridad” a la ciudadanía.
Según la asociación, la Policía Local de Arona se encuentra “en una situación de abandono, desprotegida, infravalorada, desprestigiada, con medios técnicos inservibles, obsoletos, anticuados y, en ciertos casos, inexistentes”, han afirmado.
Los agentes entienden que la seguridad de los asistentes al Carnaval no puede garantizarse de manera adecuada debido a “aquellos” —refiriéndose al Gobierno Local— ” que no promueven, fomentan y dispensan los medios técnicos adecuados para la labor policial”. A lo que agregan: “basta ya de engañar y publicar lo bonito que es todo”, afirman, denunciando que el dispositivo se presenta más como una herramienta de “propaganda populista” que como una respuesta real a las necesidades de seguridad.
La asociación también destaca que los agentes de la Policía Local, aunque son considerados “grandes profesionales”, se ven limitados por la falta de medios adecuados para desempeñar su labor. Además, aseguran que la responsabilidad de garantizar una seguridad óptima recae en los priorizan “la foto para la galería” sobre el bienestar real de la comunidad.
Se filtra un documento sobre la situación actual de la Policía Local de Arona
Además de esta denuncia, El Digital Sur ha accedido a un documento de ocho páginas emitido desde ASIPAL-CSLA dirigido a la Alcaldía-Presidencia de Arona, Fátima Lemes, al concejal Héctor Timoteo, responsable del área de Policía Local, Movilidad, Obras, Infraestructuras y Educación, y al jefe de la Policía Local del municipio, documento el cual exponemos a continuación públicamente sin edición.
A/A
-SR. ALCALDESA-PRESIDENTA DE ARONA
-SR. CONCEJAL DEL ÁREA DE POLICÍA LOCAL, MOVILIDAD, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS Y EDUCACIÓN DE ARONA
-JEFE DE LA POLICÍA LOCAL DE ARONA
La Sección Sindical del Sindicato A.S.I.P.A.L.-C.S.L.A. (Asociación Sindical Independiente de Policías de las Administraciones Locales de Canarias, Confederación de Seguridad Local y Autonómica), en el Excmo. Ayuntamiento de Arona, a través de sus representantes debidamente acreditados, como tal, ante esa administración, desempeñando el papel que les reconoce el artículo 7 de la Constitución Española de 1978, en orden a su contribución a la defensa y promoción de los intereses que les son propios y actuando en representación y defensa de los Policías Locales de este Ayuntamiento, y con arreglo a la L.O. de Libertad Sindical y preceptos aplicables de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, comparecen ante Vd. y como mejor proceda en derecho, respetuosamente, EXPONEN:
Se quiere expresar la falta de compromiso y abandono de la seguridad de nuestro municipio por parte del Grupo de Gobierno Local, concretamente, de la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación, del Sr. Concejal del Área de Policía Local y del Sr. Subcomisario-Jefe de la Policía Local de Arona, en dónde, los agentes del Cuerpo de la Policía Local de Arona se ven indefensos a la hora de garantizar su propia seguridad.
El pasado sábado 15 de marzo, de este año en curso, en el turno de mañana, encontrándose en su turno ordinario el Grupo de Distribución n.º 4, se produjo una intervención, por parte de los compañeros de la Policía Turística, con los/las individuos/as que realizan la actividad de venta ambulante, en dónde, uno de ellos, fue interceptado, incautándose los artículos que se disponía a comercializar sin la preceptiva autorización administrativa que le amparase a ello, por lo que, los compañeros de la Policía Turística del municipio de Arona, procedieron confeccionar acta de propuesta de denuncia, así como de la aprehensión de los objetos/artículos reseñados, por la referida infracción administrativa en cuestión, momento en que, el encartado, arrebató los artículos que se encontraban ya en posesión/custodia de esta Policía Local, emprendiendo la huida por la zona turística de Playa de Las Américas (zona playa de El Camisón), a lo que, los compañeros, solicitaron apoyo para que, el resto de efectivos policiales que se encontraban por la referida zona, acudieran en prioritario, ya que, dicha actividad, se ha visto involucrada en determinados altercados que han producido la detención por atentados a agentes de la autoridad de esta plantilla, como es el caso de un compañero que sufrió una agresión física cuando intentaba actuar con uno de dichos ‘‘manteros’’, lo que provocó que fuera intervenido quirúrgicamente, y, que, afortunadamente, no acabó en una tragedia de mayor envergadura (esperamos su pronta recuperación), todo ello, a raíz de la falta de medios técnicos como son las radiotransmisiones, sin mencionar la falta de competencia del Sr. Subcomisario-Jefe de la Policía Local de Arona, para extremar las precauciones cuando se pretenden realizar dichos controles preventivos, los cuales son a causa de la dejadez, tanto política, como por parte de la Jefatura y, que, intentan solventar el problema existente en un acto desesperado, sin organización y sin garantizar la seguridad de los efectivos.
Así mismo, la solicitud de los referidos compañeros de la Policía Turística de servicio, no se realizó de manera satisfactoria por culpa, una vez más, de las radiotransmisiones existentes en este municipio, no escuchándose de manera clara dicho suplicatorio, así como el resto de indicaciones que se realizaron, puesto que intentaban transmitir la ubicación exacta para conocimiento de los/las agentes de la Policía Local que acudiesen a la llamada (si es que algún compañero/a lograse descifra el mensaje), una manifiesta inseguridad que queda patente día tras día por culpa de un medio fundamental para la labor policial, como son las radiotransmisiones.
Que, como bien se quiere reseñar, no es un caso excepcional lo sucedido, ya varios compañeros/as de este Colectivo, ha realizado informes al respecto hacía el Sr. Subcomisario-Jefe de la Policía Local de Arona, haciendo caso omiso a los hechos, así como la Sr. Alcaldesa-Presidenta y el Sr. Concejal del Área de Policía Local, los cuales son claros conocedores de esta deficiencia inaceptable que viene sufriendo la Policía Local de Arona, los cuales no pueden garantizar su propia seguridad, y que decir, de la seguridad del ciudadano/a, quedando patente como la intervención que nos ocupa.
La falta de medios técnicos adecuados y en perfecto estado de conservación es una realidad en la Policía Local de Arona, una completa negligencia por parte de los dirigentes arriba reseñados, puesto que, como bien estipula el Decreto 20/2020, de 5 de marzo, por el que se homogeneizan los medios técnicos y defensivos de las Policías Locales de Canarias, se establecen criterios básicos de seguridad para su personal y se regulan determinados aspectos relacionados con su formación, concretamente, su artículo 3 apartado 2, con el título de:
‘‘Artículo 3. Aplicación por los Ayuntamientos de Canarias.
2) En cualquier caso, cada Ayuntamiento adoptará las medidas necesarias para que los equipos de trabajo sean adecuados para las tareas previstas y, a su vez, para que garanticen la seguridad y salud del personal que los utiliza. Su uso y mantenimiento se ajustará a lo dispuesto en su normativa específica, así como a las recomendaciones técnico-científicas, existentes, en su caso, para dichos medios.’’
Es obligación, por tanto, GARANTIZAR la seguridad e integridad física de los agentes de la Policía Local de Arona por parte de esta Corporación Local. Así mismo, indicar que, de conformidad con la Ley 6/1997, de 13 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Canarias, concretamente el artículo 19, corresponde al Jefe del Cuerpo, en este caso, el Sr. Subcomisario-Jefe de la Policía Local de Arona:
a) Dirigir, coordinar y supervisar las operaciones del Cuerpo, así como las actividades administrativas relacionadas directamente con las funciones del mismo, para asegurar su eficacia.
b) Evaluar las necesidades de recursos humanos y materiales y formular las correspondientes
c) Transformar en órdenes concretas las directrices de los objetivos a seguir, recibidas del Alcalde o del miembro de la Corporación en quien aquel delegue.
d) Informar al Alcalde, o al miembro de la Corporación en quien aquel delegue, del funcionamiento del servicio.’’
Así mismo, destacar aquellas funciones que regula el Decreto 75/2003, de 12 de mayo, por el que se establecen las normas marco y otras normas de Coordinación de Policías Locales de Canarias, el cual, de conformidad con su artículo 2 apartado 2, determina que las disposiciones contenidas en dicha norma serán de aplicación directa en aquellos Cuerpos de Policía Local que no dispongan de Reglamento propio. Por ello, cabe mencionar el artículo 13, donde se recogen las funciones del Jefe del Cuerpo, destacando las siguientes:
f) Dirigir y coordinar la actuación y funcionamiento de todos los servicios del Cuerpo, inspeccionando cuantas veces considere necesario las Unidades y dependencias del mismo.
g) Ejercer la máxima responsabilidad de la plantilla, conforme a las normas y leyes vigentes, para que las funciones policiales sean ajustadas a derecho.
…
i) Evaluar las necesidades de recursos humanos y materiales, y formular las correspondientes
j) Elevar a la Alcaldía los informes que, sobre el funcionamiento y organización de los servicios, sean necesarios o le sean requeridos.’’
A la vista está la responsabilidad clara y manifiesta que tienen, tanto la Sra. Alcaldesa-Presidenta, el Sr. Concejal del Área de Policía Local y el Sr. Subcomisario-Jefe de la Policía Local de Arona, de proveer a este Cuerpo de la Policía Local de los medios técnicos básicos que se recogen en el mencionado Decreto 20/2020, garantizando su perfecto estado de funcionamiento, y, de no ser así, llevar a cabo las mejores e implantación de medidas adecuadas para que se haga de manera efectiva.
En cuanto a las funciones mencionadas para el Jefe del Cuerpo, en este caso, del Sr. Subcomisario- Jefe de la Policía Local de Arona, se aprecia el no cumplimiento de un solo apartado, puesto que, en ningún momento, ha evaluado de manera real y eficiente las carencias de los medios disponibles en esta jefatura, es más, ha sido pieza fundamental en la degradación de los mismos, dejando de lado la seguridad y prevención de la zona turística, limitando y reduciendo la presencia de la Policía Turística, haciendo que prolifere esta situación de riesgo entre los colectivos de venta ambulante, los cuales se han visto impunes ante la falta de presencia policial, y, la única medida tomada es que, ante las quejas vecinales, transformadas en órdenes expresas de la parte política que gobierna esta Corporación Local, se realizan actuaciones sin un ápice de organización, ‘‘apagando fuegos’’, aunque ello implique la injerencia en la seguridad física de los/las agentes actuantes, con los medios técnicos disponibles, que, como bien se ha expuesto, son inexistentes en situaciones de riesgo.
No hay que olvidar, que, aún teniendo una patrulla de servicio ordinario en cada una de las zonas (cada turno de servicio debido a la pésima previsión y organización del servicio) en las que se divide este municipio, se les ordena, mediante Orden de Servicio, que, dicha patrulla, realice un patrullaje a pie por las respectivas ‘‘zonas comerciales’’, con una duración de 1 hora, que, de necesitar colaboración por lo que pueda suceder en dicha franja horaria, la patrulla más próxima, se encuentra a 10-15min del punto de dicho patrullaje (sin contar con las congestiones de tráfico existentes en nuestras vías) y, que, sumado a lo detallado de las radiotransmisiones, es imposible garantizar que no tengamos que lamentar un incidente en el que se puedan ver involucrados los/las agentes de esta Policía Local, viéndose desprotegidos e indefensos, sumado al lapso de tiempo de tener que regresar al vehículo patrulla, ya sea para garantizar su propia seguridad o la de acudir a la llamada de solicitud de apoyo de algún/a compañero/a.
Es por ello, que, esta Sección Sindical les quiere hacer las siguientes preguntas:
¿Qué debe suceder para que se tomen iniciativas y se implementen, de una vez, mejoras en los servicios y medios que se deben dispensar para que la labor policial de nuestros agentes se haga de manera segura?
¿Hay que esperar a qué, en vez de una agresión física, un atentado, una desobediencia, estemos hablando de otro presunto delito tipificado en nuestro Código Penal que lleve aparejada una mayor gravedad e injerencia en la salud e integridad física de los/las agentes que están en la calle?
Vuestra negligencia, pasividad e incompetencia tiene un límite, y, esta Sección Sindical no será participe de ello, ya que, por encima de todo, está el garantizar la integridad física y salud de cada uno/a de los miembros de este colectivo, queremos hechos, no nos vale la ‘‘voluntad o predisposición política’’, la demagogia y el populismo mediando en la seguridad es un manifiesto peligro para la sociedad y para nuestro colectivo, las cifras de los hechos delictivos perpetrados en nuestra demarcación es un hecho, y esa criminalidad debe ser contrarrestada con material, medios, formación, disposición de horas extraordinarias, nuevas incorporaciones de efectivos a la plantilla, entre otras demandas, que hagan que, la Plantilla de la Policía Local de Arona se el ejemplo que debe tener la Comunidad Autónoma de Canarias, y por qué no, de España, como bien apuntó la estadística realizada por el Ministerio del Interior, estando por encima de capitales de provincia como Sevilla, Valencia, e incluso Madrid, sobre delitos de robos con violencia e intimidación.
Es por ello, que, queremos dejar constancia de todo lo sucedido y de lo que puede suceder, de estos incidentes, recordando, nuevamente, que continuamos en el NIVEL 4 POR ALERTA TERRORISTA, pero, lo único que interesa es publicar, por parte del Ayuntamiento de Arona, lo bonita que es la ‘‘fachada’’ del Cuerpo de la Policía Local, mientras que, en su ‘‘interior’’, los cimientos ceden, se fracturan cada vez más, debido a la dejadez y abandono del colectivo, de la seguridad.
Dado lo anterior y como mejor proceda en derecho, a la DEJADEZ, PASIVIDAD e INCOMPETENCIA por parte del Sr. Jefe de la Policía Local de Arona, el Sr. Concejal del Área de Policía Local y la Sra. Alcaldesa-Presidenta, SE SOLICITA:
1) QUE MEJOREN DE MANERA INMEDIATA las radiotransmisiones en nuestro municipio, garantizando que, en cualquier lugar, zona o punto de intervención de nuestros/as agentes, las comunicaciones se realicen sin interferencias, sin problemas técnicos que lleva aparejada la inseguridad de las intervenciones, puesto que, en la mayoría de servicios, se necesita una respuesta rápida para dar cobertura a lo que pueda suceder, alertando al resto de efectivos.
2) QUE MEJOREN E IMPLANTEN DE MANERA INMEDIATA aquellos medios técnicos, como son la instalación de videocámaras fijas, que, como bien se recoge en el Real Decreto 596/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos, concretamente su artículo 3.1.d):
‘‘1. Podrán formular la solicitud:
d) El Alcalde o, en su caso, el concejal competente en materia de seguridad ciudadana, respecto a la policía local de su municipio.’’
Puesto que, como bien se recoge en el artículo 1.1 de la citada Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, el fin de la instalación de dichas videocámaras, no es otra que la de contribuir en asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como prevenir la comisión de delitos e infracciones relacionadas con la seguridad pública. Así mismos, implementar aquellos medios técnicos que se lleven a consenso en una mesa negociadora.
3) QUE SE PONDERE de manera eficiente, en cada jornada laboral y turno de servicio, la posibilidad de efectuar determinadas órdenes de servicio, dejando sin efecto aquellas cuando no se pueda garantizar la seguridad de nuestros/as agentes, la cual, debería ser la premisa principal.
4) QUE SE IMPLANTE el aplicativo A.R.G.O.S. para garantizar la consulta rápida y eficaz por parte de los/las agentes actuantes en nuestras calles con determinados individuos que son interceptados por los mismos en los casos previstos por nuestra normativa, así como la de los servicios requeridos, con motivo de garantizar la integridad física de éstos y dar cumplimiento a los ordenamientos judiciales que puedan recaer sobre aquellos/as.
5) QUE SE PUBLIQUEN Y SOLICITEN de manera eficiente, real y efectiva, las horas extraordinarias para cada turno de servicio, garantizando unos servicios mínimos que se propongan y decidan en una mesa negociadora, consensuado entre las partes siendo un número de efectivos lógico y real, solicitando a su vez, aquellos efectivos que deben encargarse únicamente de cubrir los eventos multitudinarios de cualquier índole, entre otras, sin mermar los servicios ordinarios de los que se encargarían los efectivos en su turno correspondiente, con motivo de garantizar la seguridad ciudadana y poder gestionar y derivar la carga de trabajo de los servicios que se prestan en todo el término municipal. Así como, especificar en la respectiva oferta de horas extraordinarias, aquellas que deban cubrirse por Secciones Especializadas, como puede ser Atestados (sin desvalorar las demás), ya que, el pasado sábado 15 de marzo, de este año en curso, se conocía, por parte de la Jefatura de que, el Grupo de Distribución n.º 5 no disponía de Unidad de Atestados en servicio ordinario (turno de tarde), y, en vez de ofertar las horas extraordinarias correspondientes, con entrada al turno ordinario en la misma franja horaria (14:26h – 22:26h), se oferta y aprueba para el inicio de 15:00h – 23:00h, dejando al turno de servicio sin dicha Unidad especializada.
6) QUE SE ESPECIFÍQUE Y REGULE las funciones específicas de cada Sección de esta Policía Local de Arona en una mesa negociadora, puesto que podemos encontrarnos, como en este caso concreto, con la Unidad de Atestados cubriendo llamadas de seguridad ciudadana y en alerta de posibles situaciones de siniestro viales de las que son propias, así como, la U.P.P. que son requeridos por nuestra Sala de Transmisiones (a la vista de la escasez de efectivos por la mala e incompetente gestión de los mandos de esta Policía Local de Arona) a cubrir llamadas por ocupación de vados de entrada y salida de vehículos en inmuebles. Un largo etcétera de servicios que son cubiertos por Unidades que no les compete, elevando la carga laboral de los mismos, creando ese malestar, ese síndrome de ‘‘BURNOUT’’.
Es de justicia y se pide en Arona a martes, 18 de marzo de 2025