El Círculo del Sur pide la exención del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados para las operaciones realizadas entre el 18 de marzo y el 30 de julio.
Empresarios y profesionales solicitan soluciones tributarias adaptadas a las singularidades de la economía canaria.
El Círculo de Empresarios y Profesionales de Tenerife (CEST) ha solicitado al Gobierno de Canarias que promueva un marco tributario que contribuya, de forma efectiva, a que empresas, profesionales y autónomos afronten con garantías jurídicas y opciones financieras el periodo de incertidumbre y las dificultades provocadas por la crisis del COVID-19. A juicio del CEST, la prolongación del estado de alarma, que según el presidente del Gobierno de España no finalizará en ningún caso el 26 de abril, debe responderse por parte del Ejecutivo regional con medidas inmediatas, que amortigüen el impacto económico y financiero de la crisis; entre otras, posponiendo los pagos de los tributos de competencia autonómica.
En este orden de cosas, debido a que las operaciones de crédito van a incrementarse por fuerza mayor durante estos meses el CEST solicita la exención del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados para las operaciones realizadas en el periodo comprendido entre el 18 de marzo y el 30 de julio. Entre otras medidas, el Círculo de empresarios del Sur pide, en el marco de la crisis desatada por el COVID-19, que se amplíen los plazos para materializar la Reserva de Inversiones (RIC) de 2020 hasta el 30 de julio de 2021, de forma que las empresas puedan hacer frente a los gastos y a la falta de ingresos.
Empresarios y profesionales consideran que la suspensión de actividades -por Decreto, Orden Ministerial u otras vías-, así como la imposibilidad de vender servicios o productos, exigen soluciones tributarias adaptadas a la realidad empresarial y profesional del Archipiélago. En este orden de cosas, desde el CEST se recalca que el fuerte impacto en la demanda del mercado a medio plazo refuerza la necesidad de que el Gobierno canario sea sensible a las extremas dificultades de empresas y profesionales y adopte, entre otras medidas, la ampliación de los plazos de presentación y pago de los impuestos referidos al primer trimestre hasta el 20 de julio, ampliar igualmente el plazo para la presentación del segundo trimestre del IGIC y resto de impuestos hasta el 20 de octubre, así como el plazo para la presentación y pago del tercer trimestre hasta el 20 de diciembre o el del cuarto trimestre hasta el 20 de febrero de 2021.
El CEST también ha trasladado a la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos que las autoliquidaciones mensuales del IGIC, por parte de las empresas de mayor dimensión, deben suspenderse hasta que finalice el estado de alarma, ampliándose el periodo de pago o fraccionamiento del resultado de dichas autoliquidaciones sin tener que aportar garantía y sin devengarse intereses de demora.