Noticias Tenerife Santa Cruz amplía de 1 a 3 años la concesión de autorización de terrazas en suelo público

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Santa Cruz amplía de 1 a 3 años la concesión de autorización de terrazas en suelo público

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Urbanismo aprueba el cambio de la ordenanza de Paisaje Urbano velando por la limpieza y la uniformidad de los elementos de estas instalaciones exteriores.

El Consejo rector de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha procedido a la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal de Paisaje Urbano de la capital, mediante la ampliación de 1 a 3 años de la autorización para la instalación de terrazas en dominio público; una mayor exigencia en materia de limpieza; y la uniformidad en los distintos elementos permitidos en estas instalaciones de exterior.

El concejal de Urbanismo, Carlos Tarife, considera que “con la nueva ordenanza actualizamos las condiciones para la instalación de terrazas en Santa Cruz, aportando estabilidad a los titulares de los establecimientos pero exigiendo uniformidad estética y garantizando el funcionamiento de los servicios y la limpieza en el espacio público”.

“Hablamos de una ordenanza muy esperada que entendemos respalda la actividad económica de las terrazas sin dejar de respetar los derechos de vecinos y ciudadanos en general en el uso y disfrute de las vías públicas”, indicó.

Este acuerdo, que será firme una vez se publique en el boletín oficial de la provincia tras ser comunicado a las administraciones autonómica y nacional, completa plenamente el procedimiento iniciado en 2014 con la aprobación inicial de esta reforma en la ordenanza.

Novedades

En concreto, destaca la ampliación a 3 años de la vigencia de la autorización de instalación de terrazas en el dominio público que, obviamente, estará sujeta a renovación o revocación de acuerdo a los supuestos contemplados en la ordenanza.

Entre las modificaciones introducidas, de carácter puntual, se establecen las condiciones que las terrazas deben cumplir respetando el normal desenvolvimiento de los espacios y servicios públicos que existan en su proximidad, tales como salidas de emergencia, paradas de transporte público, pasos de peatones o garajes, entre otras.

La ordenanza a partir de ahora contempla la posibilidad de modificar las distancias mínimas establecidas de forma excepcional, de manera motivada y previo informe del servicio municipal competente.

De igual forma, la nueva norma elimina la excepcionalidad que anteriormente se aplicaba a las terrazas con formato de plataforma que, ahora, con carácter general, podrán instalarse por parte de aquellos establecimientos con fachada al exterior que dispongan de una acera delante de más de 3 metros de ancho.

En tercer lugar, la regulación aprobada autoriza la colocación de macetones o mamparas en las terrazas como elementos protectores de la acción del viento y del frío. En el caso de las mamparas, se autorizan con una altura máxima de 1,5 metros, producidas en material transparente o traslúcido y únicamente durante los meses comprendidos entre octubre y marzo. Las mamparas, que en ningún caso podrán cerrar el espacio de la terraza con el fin de privatizar su interior, podrán incrementar su altura hasta 1,8 metros de forma motivada y previa autorización.

Asimismo se acentúa la exigencia de limpieza tanto en los elementos que compongan la terraza como en el espacio municipal autorizado para este fin, al incorporarse el incumplimiento de esta condición entre las infracciones graves a la ordenanza.

Por último, la normativa modifica la composición de la Comisión Técnica de Paisaje Urbano de la capital, que entiende sobre el cumplimiento de la ordenanza, al incluir a un técnico municipal del área de Promoción Económica que aporte la perspectiva de las actividades económicas vinculadas a la ocupación del espacio público.

Tramitación

La aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza ha sido previamente visada de acuerdo con la legislación por las áreas competentes del Cabildo Insular, el Gobierno de Canarias y el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas y ha completado el periodo de información pública.

En este sentido, Urbanismo desestimó las alegaciones presentadas por un grupo de titulares de establecimientos situados en el Pasaje de Sitja, que demandaban otro tipo de cerramientos para evitar los efectos del viento y del frío; y por la asociación de empresas de Publicidad Exterior, que demandaban una ordenanza sobre el particular.

La Gerencia al respecto entiende que la nueva ordenanza ya ofrece soluciones de cerramiento de las terrazas que preservan la estética y la uniformidad y, en cuanto al segundo bloque de alegaciones, considera que la regulación de la publicidad exterior no concierne a esta ordenanza, sino a una específica en la que ya trabaja el área municipal de Urbanismo.

 

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