La Audiencia Provincial reprochó a la Fiscalía no haber dado respuesta a la solicitud de sobreseimiento a Labajos acordada por el Supremo en 2014.
El Juzgado de Instrucción número 5 acordó el pasado 23 de junio el sobreseimiento del supuesto delito de cohecho que pesaba sobre el empresario tinerfeño, José Ana Labajos dentro del caso Fórum. El archivo se refiere a la causa seguida contra el promotor y el exalcalde, Miguel Zerolo, que a finales de 2014 culminó con la absolución de este último por parte del Tribunal Supremo (TS). Ahora el Juzgado considera que esta decisión es extensible también a Labajos, en contra del criterio que hasta estos momentos había mantenido la Fiscalía Anticorrupción, dirigida por María Farnés Martínez. El auto ratifica que no se encuentra fundamento alguno para mantener la existencia de indicios sobre una supuesta entrega de dádivas y decide el sobreseimiento parcial y provisional.
El pasado 19 de junio la Audiencia Provincial de Tenerife anuló una resolución emitida en abril en la que el Juzgado de Instrucción número 5 rechazaba la petición de sobreseimiento provisional del delito de cohecho solicitada por el empresario tinerfeño. La Audiencia ordenó entonces que las actuaciones volvieran al momento procesal en el que se cometió el “vicio” que generó la indefensión del investigado: su petición de quedar libre de este cargo por el que en su momento estuvo procesado también el exalcalde de Santa Cruz, Miguel Zerolo. Ahora el Juzgado le ha venido a dar la razón al empresario.
Ambos declararon en el Tribunal Supremo (TS) y a finales de 2014 se dictó la resolución absolutoria. A partir de entonces Labajos ha pedido de forma insistente que se deje sin efecto la acusación de haberle entregado 3 millones de euros a Zerolo y dar un trato de favor a su hermana en la venta de un piso. Ahora la Audiencia y el Juzgado consideran que la petición del empresario “aparece sustentada en una motivación lógica y fundada”. Todo ello en cuanto que el Supremo ya ratificó la inexistencia de indicios de criminalidad y de un acto administrativo que se pueda calificar de “delictivo o injusto”.
La Audiencia dio la razón a Labajos en el sentido de que hasta ahora no se le ha ofrecido una justificación “fundada” a sus peticiones y por lo tanto instó al Juzgado a concretar si existía indicio de criminalidad alguno en su contra. La Audiencia comunicó tanto al juez de instancia como a la Fiscalía Anticorrupción que los autos emitidos se basan en motivaciones “tan sólo aparentes y no colman los requisitos que ha de tener una respuesta fundada, que ha de conocer las razones de tal pronunciamiento”. O lo que es lo mismo la negativa a proceder al sobreseimiento parcial de los dos hechos concretos.
En el auto emitido por la Audiencia se advertía que estas omisiones derivarían en un incidente de nulidad como medio para reparar la lesión sufrida y suponer una vulneración del principio de contradicción, lo que daría lugar a una denegación del derecho de tutela efectiva.
La petición de sobreseimiento se basaba en la providencia del Supremo de finales de 2014, emitida después de que Zerolo y el empresario fueran llamados a declarar como investigados, aunque Labajos no estaba aforado. En aquel entonces el magistrado instructor consideró que no encontraba delito alguno, pese a lo cual la Fiscalía Anticorrupción y el Juzgado ha venido sosteniendo hasta finales de junio, que esa decisión sólo afectaba al exalcalde. Hace un año Farnés consideró que existían indicios para mantener la imputación sobre el empresario.
El conocido como caso Fórum en Tenerife se inició hace ya casi once años, basándose en un escrito atribuido al arquitecto de la entidad, Julio Aumente, en el que se hablaba de presuntos sobornos a cargos públicos para promover la construcción de un puerto deportivo en San Andrés y una urbanización en Valle Tahodio. Transcurrido este tiempo, Labajos ha presentado una denuncia contra la Fiscalía Anticorrupción, dirigida por Farnés, por las supuestas irregularidades cometidas en la instrucción durante estos años. Después de que la Fiscalía General del Estado derivase la queja a la de Canarias y ésta la archivase, el empresario ha decidido acudir a los tribunales. Sin embargo, en estos momentos Labajos se lamenta de que ningún abogado quiere representarlo por miedo a las represalias que pudiera sufrir. Por ello, ha cursado al Colegio Oficial una petición de asistencia jurídica. Nada más conocer el contenido del auto de la Audiencia Provincial, el empresario se lo comunicó a la Fiscalía General del Estado, ante la que ha denunciado la actuación de Farnés. Hasta ahora tanto el Ministerio Público de Canarias como el de Madrid defendían que el sobreseimiento sólo afectaba a Zerolo.
Una de las causas del retraso que ha experimentado esta investigación se encuentra en la sucesión de jueces sustitutos que han ido tomando el relevo desde 2006 y que bajo el punto de vista de Labajos, “se pliegan más por desconocimiento que por mala fe a los designios y caprichos de la acusación pública”. Todo ello da lugar a que el equilibrio de armas entre acusación y tutela judicial efectiva se haya roto, al menos, desde 2014. Aunque con anterioridad la primera magistrada también procedía a aprobar los oficios policiales de forma automática, impulsada por Farnés. El empresario se queja de que la fiscal, en estos años, no ha dado respuesta a ninguno de los argumentos, documentos e irregularidades denunciadas. “Su única fijación es una referencia genérica a delitos tipificados, que sólo han existido en la realidad virtual de lo que creemos constituye posiblemente una Causa General”.