Incluyen las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Ayer, 18 de octubre, después de varios meses de negociación, se firmó el acuerdo definitivo del convenio colectivo provincial, que tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2019.
Las principales novedades, con respecto al convenio en vigor, son:
Ámbito de aplicación: Además de los sectores que hasta ahora figuraban en el convenio colectivo provincial, se incluyen las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Jornada laboral: Para el año 2017 se mantiene la jornada anual actual (176horas), reduciéndose esta jornada en 4 horas para el año 208 y 4 horas más en 2019, para alcanzar ese año la jornada anual de 1768 horas. El tiempo para bocadillo se computa como efectivamente trabajado, cuando se trabajen más de 6 horas ininterrumpidas. Este tiempo de bocadillo será de 15 minutos mínimo, con carácter general y 30 minutos mínimo para menores de 18 años.
Vacaciones: a partir de 2018, las vacaciones anuales se computarán por días laborables, 22 días, equivalentes a 176 horas.
Dietas: Aclaración de que los viajes de ida y vuelta, en caso de desplazamiento temporal, todos los gastos de desplazamiento son por cuenta de la empresa. Además, el trabajador puede pedir el anticipo de las dietas, según la previsión de los días que vaya a estar desplazado.
Licencias retribuidas: Por asistencia a médico especialista (no es necesario que sea de la Seguridad social, como figuraba anteriormente). También por acompañar a médico a hijos menores de 12 años y discapacitados a cargo del trabajador. La licencia de 3 días o 5 en caso de desplazamiento para atender a familiares convalecientes se podrá hacer uso de la misma durante el periodo de convalecencia del familiar.
Ropa de trabajo: Se amplía el número de mudas de trabajo de 2 a 3, debiéndose entregar 2 mudas iniciales a los trabajadores de nueva incorporación.
Condiciones económicas: Subida salarial del 1.5% desde enero de 2017, a lo que se añadirá un diferencial del +0.3% cuando se publique el IPC de 2017. Actualización de seguro por muerte o invalidez y otros conceptos económicos en los mismos porcentajes.
NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL SECTOR NAVAL
Exclusivamente para las empresas de reparaciones navales, se acuerda una jornada irregular máxima de 12 horas, computándose la hora de comida como de trabajo efectivo. Jornada máxima semanal de 40 horas.
El exceso de jornada se disfrutará a razón de 1,5 horas por hora trabajada en exceso o se cobrará como horas extras, a criterio del trabajador.
Plus de embarque: 25% del salario bruto adicional + dieta completa.
Plus de festivo: 25% del salario bruto adicional + 1 día de descanso por cada sábado, domingo o festivo trabajado.
Se han actualizado los artículos que hacían referencia a normativa estatal a la vigente actualmente.
Conclusión: El texto del convenio firmado se ha sometido a asambleas conjuntas de delegados de CCOO, como sindicato mayoritario en el sector y del resto de sindicatos, siendo aprobado por unanimidad
Queda fuera de la negociación del convenio acordar un protocolo para combatir la alcoholemia y drogas en los sectores del ámbito del convenio.
Así mismo, se rechazó por la patronal incluir la subrogación en el convenio, pero seguiremos insistiendo en la necesidad de implantarla, como está en la mayoría de los convenios de este sector en España, para evitar la precarización de las condiciones laborales.