La Guardia Civil ha investigado a un vecino de Arona, de 40 años de edad, por un delito contra la ordenación del territorio y el urbanismo, al realizar una construcción ilegal. Al mismo tiempo han descubierto otras cuatro construcciones en Tenerife que también se suman a la lista de investigación.
El Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) localizó las obras gracias a la colaboración ciudadana y comprobó que se trataba, algunas de ellas, de edificaciones sin licencia ni autorización o ubicadas en una zona de protección paisajística.
Los investigados podrían enfrentarse a una pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses, según el artículo 319 del Código Penal.
La Guardia Civil investiga otros casos en Tenerife
Este no es el único caso de construcciones ilegales que ha detectado el SEPRONA en las últimas semanas. En el municipio de Santa Cruz de Tenerife y Buena vista del Norte, se han instruido diligencias contra dos personas, de 69 y 39 años respectivamente, por levantar dos edificaciones en suelo rústico y protegido.
Además, en otra pesquisa, dos personas han sido investigadas por el SEPRONA tras localizar dos obras ilegales en el municipio de La Orotava. Las construcciones se realizaron en suelo protegido, rústico y de protección paisajística.
Gracias a las denuncias ciudadanas y las pesquisas de los agentes, que instruyeron las diligencias pertinentes. Todas estas actuaciones suponen un grave atentado contra el medio ambiente y el ordenamiento territorial.
Las diligencias instruidas por el SEPRONA han sido puestas a disposición de la autoridad judicial competente en cada hecho delictivo.
Se detecta otro caso en La Gomera
En otro servicio ejecutado por el SEPRONA, una persona ha sido investigada por construir ilegalmente su vivienda en el municipio de Hermigua. Los agentes localizaron la obra en un suelo rústico y de asentamiento rural, que no permitía ese tipo de construcción. Se trata del mismo delito que los casos anteriores.
Normativa aplicable
Código Penal establece las penas para los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos protegidos o no urbanizables.
Las penas pueden ser de prisión, multa o inhabilitación especial para profesión u oficio, según la gravedad del delito y el beneficio obtenido por el mismo. Además, los jueces o tribunales pueden ordenar la demolición de la obra y la reposición a su estado originario de la realidad física alterada.