Noticias Tenerife La Justicia da la razón al PP de Güímar y anula el acuerdo del Pleno que rechazó exigir al alcalde y 3 ediles devolver sus sueldos ilegales, porque los 4 debieron abstenerse

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La Justicia da la razón al PP de Güímar y anula el acuerdo del Pleno que rechazó exigir al alcalde y 3 ediles devolver sus sueldos ilegales, porque los 4 debieron abstenerse

Una nueva sentencia declara nula de pleno derecho la decisión adoptada en octubre de 2023 con los votos del regidor municipal, Gustavo Pérez (CC), y los concejales Airam Puerta (PSOE), Cándido Gómez (PSOE) y Juan Delgado (CC), quienes incumplieron su deber de abstenerse por su “claro interés personal” en bloquear la propuesta del PP sobre la ejecución de la resolución judicial firme que anula su régimen de retribuciones desde mediados de 2021

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Santa Cruz de Tenerife ha dictado una sentencia en la que anula el rechazo del Pleno del Ayuntamiento de Güímar, celebrado el 27 de octubre de 2023, a una moción del PP en la que exigía que cuatro miembros del gobierno local, incluidos el alcalde, Gustavo Pérez (CC), y el primer teniente de alcalde, Airam Puerta (PSOE), devolvieran el importe de sus sueldos, en ejecución de otra sentencia de 2022, firme desde julio del pasado año, que los declara nulos de pleno derecho desde 2021 hasta 2023.

Con esta nueva sentencia, que lleva fecha de 9 de octubre de 2024, la jueza da la razón a la portavoz del PP de Güímar, Carmen Luisa Castro, quien presentó un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo plenario ahora invalidado al ser “nulo de pleno derecho”.

La titular de dicho Juzgado determina que los cuatro ediles -los citados Pérez y Puerta, así como Cándido Gómez (PSOE) y Juan Delgado (CC)- incumplieron su deber de abstenerse en el momento de votarse la moción del PP “por ser un asunto que les afectaba directa y personalmente”, y por tanto, “es claro el interés personal” que todos ellos tenían en que no saliera adelante la propuesta de que devolvieran sus remuneraciones.

Especifica la magistrada que este acuerdo plenario es nulo de pleno derecho porque, en aplicación de la jurisprudencia ya sentada, el voto de los cuatro cargos públicos a los que afectaba la sentencia de 2022 fue determinante en la votación para que el principal órgano colegiado del Ayuntamiento rechazara la propuesta de los populares, con 5 votos del PSOE, 5 de CC y 1 de Unidas Sí Podemos.

“Por tanto”, señala la portavoz del Grupo Popular, “solo con esta maniobra ilegal logró el gobierno tripartito impedir el acuerdo plenario en el sentido propuesto por el PP“, que, como partido más votado en las elecciones de 2023, cuenta con 9 ediles, lo que habría sido suficiente para decantar a su favor la votación.

Los cuatro políticos güimareros se saltaron, por consiguiente, lo que sobre el deber de abstención establecen la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto 2568/1986 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

“No son errores administrativos, hay mala fe”

Al respecto, Carmen Luisa Castro muestra su asombro por que el grupo de gobierno haya reaccionado en medios de comunicación a esta nueva y reciente sentencia de la misma manera que con la que anuló los sueldos, es decir, reduciendo todo a un mero “error administrativo”. “Muy al contrario”, enfatiza la exalcaldesa, “en ambas ocasiones les advertí de manera clara que se estaba vulnerando la normativa, pese a lo cual, con evidente mala fe, hicieron caso omiso, obligando al PP a interponer sendos recursos en los tribunales de Justicia”.

En vista de lo ocurrido, la edil popular deja claro que su grupo municipal no cejará en su empeño de que prevalezca la legalidad y se diriman las responsabilidades que procedan, por ahora en el ámbito contencioso administrativo, pero sin descartar la vía penal, si fuese necesario.

Al PP le llama la atención que la secretaria municipal permitiera votar en el pleno de octubre de 2023 a los cuatro concejales, alegando que la sentencia de 2022 que anula los sueldos ya se estaba ejecutando mediante la apertura de un expediente a los 4 ediles, y estableciendo el criterio de que no tendrán que reintegrar nada a las arcas municipales si acreditan que prestaron sus servicios en el Ayuntamiento durante el periodo afectado por esta anulación.

La sentencia de 2022 que anula los sueldos

El principal partido de la oposición no está de acuerdo con este planteamiento, sino con la devolución del importe de las remuneraciones indebidamente percibidas, y con tal fin ha pedido la ejecución forzosa de la sentencia de 2022 al Juzgado que la dictó, el de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Santa Cruz de Tenerife, que declaró la nulidad de la retribución y el régimen de dedicación de Airam Puerta, desde el 24.06.2021; Gustavo Pérez, desde el 1.07.2021; Cándido Gómez, desde el 12.07.2021, y Juan Delgado, desde el 12.07.2021.

De ahí que, para Carmen Luisa Castro, la nueva sentencia que anula el acuerdo de octubre pasado “viene a reforzar los argumentos del PP y de sus servicios jurídicos” para exigir la devolución de los sueldos hasta mediados de 2023, cuando tomó posesión la nueva Corporación tras las elecciones municipales de mayo. Esta cuestión está a la espera de que el mencionado Juzgado Nº 2 dirima cómo se debe ejecutar su sentencia.

Los hechos se remontan a mediados de 2021, cuando se produjo la alternancia en la alcaldía (el pacto entre CC y PSOE era compartirla dos años cada uno), y, según la sentencia de 2022, ya firme, se debió haber aprobado en una sesión plenaria una nueva propuesta sobre dedicación parcial y exclusiva y retribuciones, pues el acuerdo sobre estas materias del pleno inicial del mandato, en 2019, ya no podía seguir vigente. Por tanto, los salarios de estos 4 concejales, en sus nuevas funciones, a partir de julio y agosto de 2021 ya no estaban legitimados.

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