La Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) ha obtenido una sentencia histórica que reconoce el derecho al permiso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento para los agentes de la Guardia Civil. Esta sentencia se produjo luego de que la institución militar “negara” este derecho a un guardia civil que había adoptado al hijo de su pareja. Así lo han comunicado desde la AEGC.
La decisión del juez se basa en la interpretación de la ley, la cual establece que el cómputo del plazo para disfrutar del permiso debe contar a partir de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o a partir de la resolución judicial por la que se constituya la adopción. El juez afirmó que la normativa específica de la Guardia Civil “no contradice la normativa básica establecida por el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público”.
Sin embargo, debido a la conculcación del derecho al permiso de adopción y a la tardanza en la resolución, han pasado dos años y el agente ya no podrá disfrutar de las 16 semanas de permiso que le correspondían. En consecuencia, la Guardia Civil deberá indemnizar al padre con una cantidad superior a los 10.000€. Esta compensación económica según la AEGC será sufragada con fondos provenientes de los impuestos de todos los ciudadanos españoles.
Además de abordar el caso en cuestión, el magistrado encargado del caso también ha llamado la atención a la Guardia Civil por su “práctica negacionista” ante las solicitudes de sus subordinados. Esto implica que los guardias civiles se vean obligados a recurrir sistemáticamente a la justicia para que esta vele por sus derechos. Esta práctica genera una carga adicional tanto para los guardias civiles como para las asociaciones que deben destinar recursos económicos a defender sus derechos en los tribunales.
La AEGC celebra esta sentencia histórica que restituye a los guardias civiles un derecho que les corresponde como funcionarios públicos. No obstante, la asociación considera que hubiera sido mucho más positivo si el compañero en cuestión “hubiera podido disfrutar de las 16 semanas de permiso con su hijo, ya que el tiempo perdido no se puede recuperar mediante una indemnización económica”. Asimismo, la AEGC enfatiza la importancia de poder garantizar los derechos de los guardias civiles sin tener que recurrir constantemente a la justicia.