El Gobierno de España, a través de la Delegación del Gobierno en Canarias, ha presentado alegaciones ante la Dirección Insular de Planificación Territorial, Paisaje y Patrimonio Histórico del Cabildo de Tenerife, oponiéndose a la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) del monumento a Franco ubicado en la confluencia de la Avenida de Anaga y La Rambla de Santa Cruz de Tenerife.
El principal argumento del Ejecutivo central es la falta de justificación sobre el supuesto valor excepcional de la obra en el expediente administrativo para su declaración. En las alegaciones se señala que, en el expediente administrativo, “no existe ningún informe que refleje el carácter excepcional y sobresaliente de la obra de Juan de Ávalos”. Esta consideración es clave, ya que la Ley de Patrimonio Cultural de Canarias exige la existencia de valores sobresalientes para declarar un bien como BIC. El Gobierno advierte que otorgar esta categoría a un elemento que no cumple con dichos requisitos supone desvirtuar su significado.
El Ejecutivo también sostiene que las instituciones académicas consultadas coinciden en señalar la escasa relevancia artística del monumento. La Universidad de La Laguna dictaminó que, desde el punto de vista artístico, es “de escasa importancia”, y que la obra de Ávalos solo se menciona de forma destacada en relación con el Valle de los Caídos. Asimismo, apunta que la crítica especializada no atribuye a su trabajo “ninguna aportación relevante ni formal ni conceptualmente” y que esa falta de relevancia explica que su “presencia en las colecciones o exposiciones de museos sea nula”.
En la misma línea, el Museo de Historia y Antropología de Tenerife emitió un informe desfavorable en el que concluye que “no hay razones artísticas o arquitectónicas protegidas por la ley. Y tales razones no aparecen suficientemente explicitadas en la bibliografía académica consultada”.
El Colegio Oficial de Arquitectos, por su parte, no realiza valoraciones artísticas y propone un concurso de resignificación del monumento. Sin embargo, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática recuerda que la obra “constituye un elemento contrario a la memoria democrática”, según el artículo 35 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, y advierte que “objetivamente, y en aplicación de la Ley, hay una imposibilidad de resignificación o reinterpretación de dicho monumento”. En otras palabras, su mantenimiento o reinterpretación sería contrario a la legislación vigente.
La Real Academia Canaria de Bellas Artes de San Miguel Arcángel, aunque no atribuye al conjunto un valor artístico excepcional, sí considera que su monumentalidad otorga una “singularidad artística y estética a la ciudad”. No obstante, desde el área de Memoria Democrática se ha respondido que “la monumentalidad no puede entenderse como valor intrínseco de excepcionalidad”.
La única institución que ha manifestado su apoyo a la declaración como BIC ha sido la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes. Esta entidad no menciona tampoco ninguna excepcionalidad artística, pero alude “a la calidad de la obra, por el lugar que ocupa en el contexto de la obra del escultor, y por ser un elocuente testimonio de un periodo histórico – artístico”. Al mismo tiempo, reconoce que representa “un ejemplo de cómo el arte se puso al servicio del régimen en aquellos años”.
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