Los conductores españoles tendrán que adaptarse a partir de este 1 de octubre a un conjunto de reglas nuevas. Ese día entra en vigor, con carácter general, el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio. La norma busca reforzar la seguridad vial y dar mayor protección a los usuarios más vulnerables. Sus cambios alcanzan a motoristas y usuarios de ciclomotores, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), peatones y al resto de conductores. Afectan al equipamiento obligatorio, a las distancias de seguridad y al modo de circular en situaciones concretas.
Atascos: el nuevo “carril de emergencia”
Una de las novedades más visibles es la incorporación expresa del llamado “carril de emergencia” en autopistas y autovías. Si se produce una retención y los vehículos quedan prácticamente parados, los conductores deberán dejar un espacio libre por el que puedan pasar los vehículos prioritarios.
La forma de hacerlo depende del número de carriles. En una carretera con dos carriles por sentido, el pasillo se abrirá en el centro, entre ambos. Cuando haya tres o más, se formará entre el carril izquierdo y el que tiene al lado. Los coches situados en el carril izquierdo tendrán que desplazarse hacia la izquierda, y los del resto de carriles hacia la derecha.
Motoristas: guantes, calzado cerrado y chaleco
Los cambios para quienes circulan en moto afectan a motocicletas, ciclomotores y determinados vehículos de tres y cuatro ruedas. En vías interurbanas, tanto el conductor como el pasajero tendrán que llevar guantes de protección. El calzado cerrado pasa a ser obligatorio en cualquier tipo de vía.
El casco deberá cumplir el Reglamento UNECE R22. Los ciclomotores tendrán un año de margen para ajustarse a esa exigencia. Las motocicletas incluirán además en su equipamiento un chaleco reflectante de alta visibilidad. También tendrán que ponérselo, en cualquier vía, quienes usen motocicletas, bicicletas, ciclos o VMP para trabajar.
La norma permite además, de forma excepcional, que las motos circulen por el arcén derecho cuando los carriles estén detenidos por la congestión. Solo podrán hacerlo en tramos habilitados y señalizados para ello, a un máximo de 30 km/h y en columna de uno. En ningún caso podrán poner en riesgo a las personas que, por obligación, deban transitar por el arcén.
Patinetes y otros VMP: casco y edad mínima
Los vehículos de movilidad personal también sufren cambios importantes. Los menores de 15 años dejarán de poder conducirlos. Todos los usuarios deberán llevar un casco homologado o certificado y bien abrochado.
Cuando anochezca, o cuando la lluvia, la niebla u otras condiciones ambientales reduzcan de forma notable la visibilidad, habrá que llevar al menos un elemento luminoso o reflectante visible desde 150 metros. La obligación de circular con la luz del VMP encendida también de día tiene un periodo transitorio de un año y no se exigirá hasta el 1 de octubre de 2027.
Bicicletas: a la calzada y fuera de las aceras
La reforma cambia también el espacio por el que pueden moverse las bicicletas. Si no existe carril bici ni una vía específicamente acondicionada, deberán ir por la calzada y, siempre que la seguridad lo permita, por el centro del carril.
Con carácter general, los ciclistas no podrán circular por las aceras. Los ayuntamientos podrán establecer excepciones, entre ellas la de los menores de 12 años, y autorizar el paso por determinadas zonas peatonales.
Adelantamientos: 1,5 metros de margen y cambio completo de carril
Al adelantar a bicicletas, grupos de ciclistas, ciclomotores, VMP, peatones o animales habrá que dejar una separación lateral de al menos 1,5 metros. En las vías con más de un carril por sentido, además, será obligatorio cambiar completamente de carril para hacerlo. En ciudad, la norma añade una distancia mínima de 5 metros entre un vehículo a motor y el ciclista que circula delante en su mismo carril.
El mismo margen de 1,5 metros se aplica al rebasar vehículos inmovilizados por una avería, un accidente, labores de auxilio o mantenimiento de la vía, entre otros supuestos, cuando ocupen total o parcialmente un carril. En esos casos habrá que reducir además la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite establecido.







