El Ayuntamiento de La Laguna, a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo, ha aprobado una ampliación excepcional de los horarios de cierre de determinados establecimientos de hostelería, restauración y ocio con motivo de varias fechas señaladas del calendario festivo, entre octubre de 2026 y enero de 2027.
La medida, que se aplica habitualmente cada año durante estas celebraciones, está dirigida a los establecimientos que cuentan con licencia o título habilitante para desarrollar actividades de restaurante y bar, con o sin actividad musical, así como a discotecas y salas de baile, conciertos y fiestas con espectáculo.
La resolución incluye la noche de Halloween y Finados, el 31 de octubre; el encendido navideño, el 20 de noviembre; La Noche en Blanco, el 28 de noviembre; y la víspera del Día de la Constitución, el 5 de diciembre. También contempla la ampliación horaria durante Nochebuena, Nochevieja y la noche de Reyes.
El alcalde de La Laguna, Luis Yeray Gutiérrez, explica que “estas autorizaciones excepcionales responden a acontecimientos que reúnen a miles de personas y que forman parte de la vida social, cultural y económica del municipio. Nuestro objetivo es ofrecer una respuesta equilibrada, que permita apoyar la actividad económica y el empleo vinculado a estos sectores, al tiempo que se mantienen mecanismos de control y supervisión que favorezcan una celebración segura y ordenada”.
Gutiérrez añade que “la experiencia acumulada durante años demuestra que una planificación adecuada, acompañada de la coordinación entre administraciones y servicios públicos, contribuye a gestionar mejor los momentos de mayor afluencia. La ampliación horaria no supone una liberalización de la actividad, sino una medida puntual, regulada y sometida a condiciones concretas para determinadas fechas del calendario”.
Por su parte, el concejal de Ordenación del Territorio y consejero director de la Gerencia de Urbanismo, Adolfo Cordobés, destaca que “esta resolución mantiene la línea de trabajo que viene desarrollando el Ayuntamiento para compatibilizar la actividad económica con el respeto a la normativa y a las condiciones establecidas para cada establecimiento”.
“El acuerdo se aplica exclusivamente a locales que ya disponen de la correspondiente autorización administrativa y no modifica, en ningún caso, el resto de las condiciones de funcionamiento. No supone autorizar nuevas actividades, ni ampliaciones de aforo, ni cambios en las medidas de seguridad exigibles. Lo que se autoriza es una extensión temporal y limitada del horario en jornadas excepcionales previamente definidas”, subraya el edil.
El Ayuntamiento recuerda que este tipo de autorizaciones excepcionales son habituales en numerosos municipios durante celebraciones multitudinarias. Además de favorecer la actividad económica, estas medidas buscan facilitar una gestión más eficiente de la salida del público una vez finalizados los eventos.
Desde el punto de vista operativo, una salida escalonada de los asistentes ayuda a reducir las concentraciones puntuales en la vía pública y facilita las labores de seguridad, la movilidad peatonal y el funcionamiento del transporte. Esta distribución de los flujos de personas permite minimizar los problemas de saturación que podrían producirse si toda la actividad concluyera al mismo tiempo.
El concejal añade que “somos conscientes de que estas fechas requieren siempre un equilibrio entre distintos intereses legítimos. Por eso la ampliación se limita a jornadas muy concretas y se acompaña de mecanismos de control, supervisión e intervención por parte de los servicios municipales y de seguridad, con el objetivo de preservar la convivencia ciudadana”.
Horarios y fechas
Con carácter general y únicamente para las fechas señaladas, los establecimientos autorizados podrán prolongar su actividad hasta las 3:30 horas en el caso de restaurantes y bares sin actividad musical, hasta las 5:00 horas en restaurantes y bares musicales, hasta las 6:30 horas en las salas de concierto y hasta las 7:30 horas en discotecas, salas de baile y salas de fiesta con espectáculo.
Por las celebraciones de Nochebuena y Nochevieja, se establece una ampliación específica, de forma que la actividad estará permitida hasta las 4:30 horas para bares y restaurantes sin actividad musical, hasta las 6:00 horas para bares y restaurantes musicales, hasta las 7:30 horas para las salas de concierto y hasta las 8:30 horas para discotecas, salas de baile y salas de fiesta.
La resolución, publicada en la web y en la sede electrónica de la Gerencia de Urbanismo, especifica que la ampliación horaria no autoriza espectáculos o actividades distintos de los amparados por cada licencia ni modifica las condiciones relativas a aforo, seguridad o prevención contra incendios. Asimismo, se establece un plazo máximo de 30 minutos para el desalojo de la clientela una vez alcanzada la hora autorizada de cierre.





