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Hasta el 24 de octubre se pueden solicitar las ayudas al IBI en Santiago del Teide

Santiago del Teide abre las ayudas al IBI para pensionistas, desempleados, discapacitados y víctimas de violencia de género. Los interesados podrán solicitar la subvención, que cubre el 90% del recibo.

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El Ayuntamiento de Santiago del Teide abre el plazo para solicitar ayudas sociales destinadas al pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) hasta el 24 de octubre. Estas subvenciones están dirigidas a pensionistas, desempleados de larga duración, personas con familiares con discapacidad a su cargo y víctimas de violencia de género que cumplan con los requisitos establecidos.

El objetivo de esta iniciativa municipal es brindar apoyo económico a aquellos residentes que enfrentan dificultades para afrontar los gastos relacionados con el IBI de su vivienda habitual. La medida se toma consciente de las circunstancias que atraviesan muchas familias en el municipio, que se ven afectadas por el aumento de los valores catastrales de este impuesto, lo que representa un desafío económico para estos grupos.

El plazo para presentar las solicitudes concluirá el 24 de octubre, y estas ayudas están destinadas a los siguientes colectivos:

  • Pensionistas que reciben pagos de organismos públicos debido a jubilación, viudedad, orfandad o incapacidad, o sus cónyuges si son titulares de la vivienda.
  • Personas con discapacidad (funcional o intelectual) o con familiares con discapacidad a su cargo. El titular de la vivienda debe tener reconocida una discapacidad del 65% o superior, o el solicitante debe demostrar que convive con un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que tenga una discapacidad del 65% o superior.
  • Desempleados de larga duración (o sus cónyuges si son titulares de la vivienda). Se consideran desempleados de larga duración a aquellos registrados como demandantes de empleo durante al menos doce meses ininterrumpidos antes de la fecha de solicitud de la subvención.
  • Víctimas de violencia de género que puedan acreditar su situación a través de una sentencia judicial u orden de alejamiento.

Para ser elegible para estas ayudas, es necesario que el beneficiario esté empadronado y haya residido en Santiago del Teide durante al menos un año en la vivienda para la cual solicita la subvención. Además, debe ser propietario, usufructuario o titular de un derecho de superficie sobre la vivienda donde reside habitualmente, siempre que esté ubicada en el término municipal de Santiago del Teide y aparezca como obligado al pago del IBI en relación con dicha vivienda.

El monto a recibir por cada beneficiario corresponde al 90% de la cuota del recibo del IBI del año correspondiente.

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