Noticias Tenerife Entra en vigor la ordenanza que regula terrazas y quioscos en Arona

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Entra en vigor la ordenanza que regula terrazas y quioscos en Arona

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La ordenanza permitirá la instalación de soportes para actividades de ocio y restauración, estableciendo condiciones para otro tipo de ocupaciones como las comerciales, artísticas o publicitarias.

La actual normativa, que data del año 2013, no había logrado poner orden en la ocupación del espacio y no contemplaba modalidades de negocio como la apertura de quioscos de restauración y ocio en varios puntos del municipio y que, con esta regulación, pueden ser instalados.

Otra de las novedades es la regulación del tránsito de vehículos turísticos que ya circulan por las zonas turísticas, tales como coches eléctricos o carruajes de caballos, entre otros. La nueva normativa prohíbe explícitamente este último medio de transporte.

El texto normativo contempla, no solo la ocupación del espacio público en vías que son competencia municipal, sino también en las travesías urbanas, es decir, en aquellas en las que la competencia es compartida entre el Ayuntamiento de Arona y el Cabildo de Tenerife.

También se incluyen las terrazas por medio de tarimas y se permitirá la instalación de mesas y sillas en callejones peatonales. De esta forma, se podrán colocar terrazas en espacios a partir de 2,90 metros de longitud, siempre y cuando se deje un espacio de dos metros para el tránsito de peatones.

Uno de los espacios para los cuales se hará uso de este instrumento es la Avenida Los Playeros, en Los Cristianos, que tiene unas características “muy específicas” y en la cual se permite la instalación de terrazas en el centro de la vía, en el espacio peatonal, y no anexa al local, como exige la norma en el resto de Arona.

La eficacia de la regulación irá de la mano de la Policía Local de Arona, la cual velará por su cumplimiento. La normativa se ocupa, asimismo, del equilibrio entre las necesidades de descanso de los vecinos y de la generación de actividad económica, de tal manera que contempla la diferenciación de horarios de actividades de restauración fuera de los locales –en espacios como las terrazas- en función de la zona en la que se encuentre la actividad.

 

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