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Universitarios canarios podrán realizar prácticas laborales en el Gobierno de Canarias

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La Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad suscribe sendos convenios con la ULL y la ULPGC para que el alumnado universitario pueda adquirir experiencia profesional para su posterior inserción laboral.

La Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, que dirige Julio Pérez, ha suscrito sendos convenios de colaboración con la Universidad de La Laguna (ULL) y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC) para que el alumnado de ambas instituciones académicas pueda realizar prácticas externas en dependencias y centros de trabajo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. El objeto de estos acuerdos es dotar al alumnado de un mayor componente práctico a su  formación académica, así como adquirir experiencia profesional para su posterior inserción laboral.

Julio Pérez ha suscrito estos acuerdos de colaboración con el rector de la ULPGC, Rafael Robaina, y con la vicerrectora de Estudiantes, Empleabilidad y Campus Guajara de la ULL, Gloria Lastenia Hernández, quienes muestran mediante esta firma su deseo de establecer una estrecha colaboración educativa en el ámbito de la realización de prácticas externas de las titulaciones de grado y máster de las universidades canarias, destinadas a la formación íntegra del estudiantado universitario y a la mejora de su empleabilidad.

Así, los convenios comprenden la realización de prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares en las distintas áreas de actividad de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma por parte de estudiantes de Grado y Máster de diferentes disciplinas académicas y conseguir, de esta manera, una formación más completa en contacto con el ambiente real del mundo laboral y el trabajo desarrollado en las ocupaciones profesionales relacionadas con los estudios que cursa.

La realización de prácticas formativas externas por parte del alumnado universitario tiene por objeto dotar de un mayor componente práctico a su formación académica, conectando los estudios universitarios con las actividades profesionales y con las salidas laborales existentes. Se trata de un mecanismo de conexión permanente de las universidades con el tejido productivo y el mundo empresarial, así como con el entramado institucional y organizativo de Canarias, al tiempo que se ofrece al estudiantado experiencia en el mundo laboral para su posterior inserción profesional en las ocupaciones del mercado de trabajo adecuadas a los conocimientos, capacidades y habilidades adquiridos en la titulación cursada.

Objetivos

Entre los objetivos de los acuerdos están contribuir a la formación integral de los y las estudiantes complementando su aprendizaje teórico y práctico; facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional en que alumnado universitario habrá de operar, contrastando y aplicando los conocimientos adquiridos; favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas; obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura; y favorecer los valores de la innovación, la creatividad y el emprendimiento.

La relación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el o la estudiante que acoge para el desarrollo de prácticas externas no será en ningún caso de carácter laboral. La realización de las prácticas no constituirá mérito para el acceso a la función pública, ni se computará a efectos de reconocimientos de servicios previos. Asimismo, la Administración autonómica, sus organismos autónomos y entidades de Derecho Público no podrán cubrir, siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo con alumnado en prácticas externas, ni establecer una relación laboral retribuida.

Dado su carácter formativo, de la realización de las prácticas externas no se derivará, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

En este sentido, los y las estudiantes no cumplirán órdenes de trabajo; deberán identificarse como personal externo al centro donde realizan las prácticas; no dispondrán de acceso propio a sistemas, aplicativos ni recursos electrónicos, ni utilizarán medios telemáticos de la Administración; sus tareas serán formativas y no productivas y, en particular, no podrán realizar funciones propias del personal al servicio de las Administraciones Públicas ni se turnarán con dicho personal y no estarán sujetos a las normas sobre horario de dicho personal ni a los medios de control de horario propios de los mismos.

Los convenios suscritos tendrán una duración de cuatro años, pudiendo prorrogarse en cualquier momento antes de su finalización, previo acuerdo de ambas partes, por un período de hasta otros cuatro años adicionales.

 

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