Sindicalistas de Base se ha opuesto íntegramente, en el ámbito de la conciliación celebrada el pasado viernes 16 de Octubre a la demanda presentada por la patronal ASHOTEL dejando claro que su presentación en ningún modo suspende la obligación de las empresas de proceder a la revisión salarial del 2,5% establecida en el artículo 7 del Convenio de Hostelería con efectos 1 de Julio de 2020, hasta el 30 de Junio de 2021, aplicación que se debe extender a los Pactos Salariales firmados en el ámbito del artículo 32 del Convenio de Hostelería, salvo que la patronal solicite a la Jurisdicción Social competente una medida cautelar de suspensión cautelar de la resolución hasta que exista sentencia firme sobre las pretensiones de su demanda, y que tal medida cautelar sea acordada, al entender que dicha demanda tiene un primer objetivo de dilatar la obligación de las empresas del sector alojativo de aplicar dicho incremento a su personal con efectos 1 de Julio de 2020.
Sindicalistas de Base, con el resto de sindicatos con representación en el sector de la Hostelería de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, ha mantenido reuniones con la patronal para intentar llegar a un acuerdo en el aplazamiento de la revisión salarial, siempre solicitando medidas de protección al empleo ya los derechos establecidos en el Convenio de Hostelería, propuestas que, como consta en el Comunicado de Prensa de ASHOTEL del pasado 2 de Julio de 2020, fueron rechazadas por la patronal.
Sin embargo, en el ámbito de la Comisión Negociadora del Convenio de Hostelería, en reunión del pasado 27 de Agosto de 2020, se acordó un aplazamiento de la revisión salarial pactada para el mismo periodo en el sector de la Restauración, en torno al 5%, hasta el 1 de Abril de 2021, aceptando la patronal del sector de la Restauración las medidas propuestas por Sindicalistas de Base de imposibilidad de descuelgue del Convenio por parte de las empresas durante los años 2020 y 2021, y de control a través de la Comisión Paritaria del Convenio de Hostelería de los despidos objetivos que se pudieran producir por las empresas, que requieren una comunicación previa a la Comisión Paritaria, que elaborara un informe alternativo con el objetivo de buscar fórmulas alternativas en las que sigan imperando la “suspensión de los contratos de trabajo”, sobre su “extinción.
La patronal ASHOTEL se negó a adherirse al acuerdo, tal y como consta en el punto primero del Acta de la citada reunión de la Comisión Negociadora y, evidentemente, si la intención de la patronal es la de dejar libre la vía al descuelgue del Convenio de Hostelería y a los Despidos Objetivos en el sector alojativo, y al mismo tiempo no cumplir con la revisión salarial pactada, que no cuente con Sindicalistas de Base para firmar ningún tipo de acuerdo que suponga la pérdida de los/as trabajadores/as del incremento pactado en el Convenio..
Además hay que destacar que de los/as aproximadamente 66.000 trabajadores/as afectados en el ámbito funcional en la aplicación del Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife, 27.800 trabajadores/as prestan servicios en establecimientos hoteleros y extrahoteleros de nuestra provincia, de los cuales aproximadamente el 90% pertenecen a hoteles que siguen cerrados y su personal en el ERTE de Fuerza Mayor, o siguen en el ERTE Parcial en los pocos establecimientos actualmente abiertos, percibiendo las prestaciones por desempleo del SEPE y por lo tanto sin ser de aplicación hasta su incorporación el incremento salarial del 2,5% que pretende la patronal inaplicar, con lo que entorno al 10%, 2.800 trabajadores/as, serían los que actualmente estarían afectados por la inaplicación solicitada por la patronal de la revisión salarial del 2,5%, trabajadores/as a los que consideramos y tenemos plena constancia se le está imponiendo, por el ajuste de gastos de personal de las empresas que mantienen los hoteles abiertos, unos ritmos de trabajo inaceptables, cada trabajador/a saca el trabajo de dos, las plantillas no se ajustan a las necesidades de la actividad, vulnerando tal obligación establecida en el artículo 1 del RD 24/2020, llegando a imponerse horas extraordinarias, expresamente prohibidas por los RD 24/2020 y 30/2020, que por supuesto no se remuneran, y siempre bajo la amenaza de que esto es lo que hay, y sino estas de acuerdo de vuelta al ERTE, o cerramos el hotel y todos/as al ERTE, por lo que pretender que dichos trabajadores/as no tengan la revisión salarial pactada del 2,5% es absolutamente impresentable, cuando los gastos de personal de media están reducidos en un 20%, como mínimo, por los recortes y ajustes de plantilla impuestos por las empresas.
No obstante, cumpliendo el mandato estatutario de Sindicalistas de Base, un aplazamiento de la comparecencia hasta el martes 27 de Octubre, para realizar la correspondiente Asamblea de Delegados/as y Afiliados/as, que se celebrará por Zoom el próximo 26 de Octubre, y que las bases tengan conocimiento de los hechos de la demanda, y en su caso aprueben una propuesta que trasladar a la patronal y al resto de sindicatos para alcanzar un acuerdo, y que en ningún caso pasará por la pérdida de la cuantía económica que le corresponde al trabajador/a en el año de vigencia de la misma, del 1 de Julio de 2020 al 30 de Junio de 2021.