La Consejería ha abierto el proceso de consulta previa para iniciar la tramitación del decreto que regulará las autorizaciones y el régimen de infracción y sanciones.
El censo definitivo de vertidos desde tierra al mar en Canarias está disponible desde el pasado 22 de diciembre en la web de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad. Se puede acceder al documento completo a través del enlace https://goo.gl/LKX9ME. Todas las localizaciones están, además, georreferenciadas en el visor IDE Canarias de la empresa pública Grafcan (http://visor.grafcan.es/visorweb) en el apartado de Calidad Ambiental.
El censo definitivo recoge 393 puntos de vertido desde tierra al mar: 204 en la provincia de Santa Cruz de Tenerife y 189 en la provincia de Las Palmas.
Un 87,02% se encuentra en funcionamiento, mientras que un 11,45% no está en funcionamiento, pero la conducción continúa existiendo y el vertido es susceptible de producirse si no se adoptan las medidas adecuadas para su condena o retirada.
Del total de puntos censados, 116 cuentan con autorización vigente, mientras que 277 no disponen de la misma, encontrándose en distintas situaciones desde el punto de vista administrativo: 39 se encuentran en fase de tramitación de la autorización; 17 son vertidos que en su momento contaron con autorización, pero ha vencido sin que haya sido prorrogada en plazo y los restantes 221 vertidos (56,23%) se corresponden con aquellos que nunca han solicitado la autorización o fue solicitada y denegada o la tuvieron y fue caducada por incumplimiento de la misma.
Por tipologías, el vertido más común es el de aguas residuales urbanas (56,74%), seguido del de aguas procedentes de piscinas (16,03%) y las salmueras procedentes de instalaciones de desalación de aguas salobres o marinas (13,23%).
En relación con la continuidad del vertido, el 54,45% se realizan de manera habitual, mientras que un 42,75% lo hacen en condiciones de excedencia o emergencia, es decir, con una frecuencia puntual y, en muchos casos, asociados a fenómenos climatológicos, ya que están constituidos, principalmente, por los aliviaderos, que únicamente pueden entrar en funcionamiento en momentos de lluvia.
“Conocer la situación real de los vertidos en Canarias ha sido uno de las prioridades de esta Consejería. Ahora que contamos con un mapa detallado, nuestros esfuerzos se centrarán en seguir ejerciendo las labores de inspección y sanción, que son las que corresponden al Gobierno de Canarias, y en asesorar a ayuntamientos y cabildos, que son las administraciones competentes en esta materia, en el proceso de tramitación de las debidas autorizaciones de vertidos”, señala la consejera.
En este sentido, cabe recordar que el pasado mes de diciembre la Consejería presentó a ayuntamientos, cabildos y particulares de Tenerife, La Gomera y El Hierro una guía explicativa elaborada por el Servicio de Contaminación de las Aguas para facilitar la tramitación de las solicitudes de autorización de vertidos y ha encomendado al Instituto Tecnológico de Canarias (ITC) el asesoramiento a los titulares para asegurar la correcta presentación de la documentación y solventar cualquier duda sobre la tramitación. En sucesivas reuniones a celebrar los días 11, 18 y 22 de enero se dará a conocer la guía a las administraciones de Gran Canaria y Lanzarote, Fuerteventura y La Palma.
Cada autorización de vertido desde tierra al mar contiene el correspondiente tratamiento de depuración y ha de ir acompañada de un Plan de Vigilancia y Control (PVC). Este tratamiento y los distintos grados de depuración dependen de factores como la aglomeración urbana o la mayor o menos sensibilidad del medio.
Decreto regulador
La Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad ha puesto en marcha el proceso de tramitación del futuro decreto autonómico de regulación de los vertidos desde tierra al mar con la apertura de la fase de consulta previa.
A través de la web www.canariasparticipa.com, ciudadanos y organizaciones podrán consultar hasta el próximo 19 de enero el informe previo de esta iniciativa legislativa y hacer las observaciones o propuestas que consideren pertinentes.
Tal y como explica el citado informe, el proyecto de decreto tiene por objeto la regulación de los aspectos necesarios para conseguir una adecuada aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias de la normativa básica del Estado en materia de vertidos desde tierra al mar.
Esta normativa estatal, contenida en una Orden Ministerial de 1993, ha quedado obsoleta al no incluir los avances técnicos y científicos que se han producido en materia de conocimiento del medio marino, de modelos matemáticos de simulación de vertidos ni las particularidades que implican el vertido de efluentes distintos de las aguas residuales urbanas, como puedan ser las salmueras procedentes de Estaciones Desaladoras de Agua de Mar (E.D.A.M).
Contar con una regulación autonómica permitirá, además, incorporar aspectos representativos de las condiciones específicas del medio marino canario y ofrecer soluciones adaptadas a nuestro entorno.
En cuanto a su contenido, el futuro decreto regulará el régimen de las autorizaciones de vertido, su procedimiento de solicitud y tramitación; el régimen de infracción y sanciones; los límites para los vertidos, objetivos de calidad y métodos de análisis; la evaluación de los efectos del vertido sobre el medio receptor o la la suspensión de vertidos no autorizados y clausura de instalaciones, entre otros aspectos.
Uno de los avances más importantes del futuro decreto es la posibilidad de realizar todos los trámites en sede electrónica.