Las ayudas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, impulsan la integración laboral de personas paradas de larga duración, mayores de 45 o menores de 25 años y van desde los 5.500 euros hasta los 10.000 euros por contrato.
El Gobierno de Canarias ha publicado la convocatoria de subvenciones destinada a fomentar la incorporación como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de personas desempleadas. El objetivo del Servicio Canario de Empleo (SCE) es fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios a personas desempleadas y de trabajadoras con contrato de trabajo de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que solicitan integrarse. Podrán acceder a esta subvención quienes se dieran de alta desde el 12 de septiembre del pasado año y hasta el 11 de septiembre de este año, coincidiendo con la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
Las ayudas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, oscilan entre los 5.500 euros y llegan hasta los 10.000 euros, según el colectivo al que pertenezca la nueva persona incorporada.
El director del SCE, Sergio Alonso, asegura que con esta medida “contribuimos a favorecer la contratación de las personas con más dificultades para acceder al empleo, por ello las cantidades varían según la dificultad de acceso al mercado laboral de la persona que se incorpora como nuevo socio, a mayor dificultad, mayor es la cuantía que se concede”. En caso de que el contrato sea a tiempo parcial, la subvención será proporcional a la duración de la jornada de trabajo.
Los socios trabajadores deberán ser personas desempleadas, inscritas en las oficinas del Servicio Canario de Empleo y, además, estos deberán pertenecer a alguno de los colectivos con dificultades de inserción, entre ellos, desempleados menores de 25 años que no hayan tenido antes un primer empleo fijo, mayores de 45 años, desempleados de larga duración, mujeres desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras o de trabajo en los veinticuatro meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento o personas con discapacidad, entre otros.
Las subvenciones concedidas se harán efectivas de una sola vez previa justificación, en los términos establecidos, y una vez notificada la resolución de concesión definitiva. No podrá realizarse el pago en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudora por resolución firme de procedencia de reintegro.
La actuación estará cofinanciada por el Programa Operativo de Canarias Fondo Social Europeo 2014-2020, con el objeto de “aumentar la contratación de carácter estable de las personas desempleadas y/o demandantes de empleo, incluyendo las de larga duración y aquellas de más edad”.