El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de España, a petición de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ejecutivo regional, amplía las atribuciones profesionales del título de patrón local de pesca para la navegación entre las islas. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy, lunes 11 de mayo, el Real Decreto 449/2020, de 10 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 36/2014 que regula los títulos profesionales del sector pesquero, con el fin de modernizar sus requisitos y efectos.
Esta revisión amplía las atribuciones del título de patrón local de pesca, que hasta ahora le habilitaban a tripular, como capitán o patrón y jefe de máquinas, embarcaciones pesqueras de hasta 12 metros de eslora y 100 kilovatios (kW) de potencia propulsora, a una distancia máxima de 12 millas de la costa de las islas. Las nuevas atribuciones permiten a partir de ahora al patrón local de pesca a tripular, también como capitán o patrón y jefe de máquinas, embarcaciones pesqueras de hasta 16 metros de eslora y 140 kW de potencia propulsora, a una distancia máxima de 30 millas de la costa en el caso de desplazamientos entre islas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
La consejera de Agricultura, Ganadería y Pesca, Alicia Vanoostende, explica que, “tras esta modificación importante para la pesca artesanal en el Archipiélago, el título profesional ya no será un impedimento para la persecución de los bancos de peces cuando estos transiten entre las diferentes islas”.