El viceconsejero de Políticas Sociales, Francisco Candil, mantuvo una reunión con la Asociación de Usuarios de Perros Guías de Canarias para avanzar en el diseño del decreto regulador del régimen de sanciones y en la acreditación para el adiestramiento de los perros de asistencia.
El Gobierno de Canarias y la Asociación de Usuarios de Perros Guías de Canarias continúan avanzando en la redacción del reglamento que regula determinados aspectos de legales, como es el reconocimiento y acreditación de los perros de asistencia o el establecimiento del órgano competente para realizar la instrucción de sanciones en caso de incumplimiento.
Para avanzar en ambos aspectos, el viceconsejero de Políticas Sociales del Gobierno de Canarias, Francisco Candil, mantuvo una reunión de trabajo con la presidenta de la Asociación de Usuarios de Perros Guías de Canarias, Silvia Monzón; el tesorero de la entidad, Abel Hernández, y el presidente de Terapican, Pedro Oliver, con el fin de abordar las líneas de colaboración y coordinación de cara a dejar asentadas las bases del futuro decreto.
Candil recordó que Canarias cuenta con una Ley de Perros de Asistencia para Personas con Discapacidad, en vigor desde 2017, en la que se reconoce el derecho de acceso a los perros de asistencia a cualquier espacio público en igualdad de condiciones al resto de la ciudadanía, incluyendo transportes tanto públicos como privados, espacios administrativos, centros sanitarios, centros educativos, espacios recreativos, instalaciones deportivas, playas, centros de actividad turísticas como hoteles y apartamentos, espacios de restauración, cafés y bares, y, en general, cualquier espacio de uso público o con actividad pública.
Además, aclaró Candil, la actual normativa tipifica en sus artículos 24 y 25 la tipología de infracciones en leves, graves y muy graves, con sanciones cuya cuantía pueden oscilar entre los 300 y las 9.000 euros. “Ahora bien, es necesario avanzar en el decreto que regule la competencia para la incoación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por las infracciones tipificadas en la presente ley, y en este sentido es en el que estamos trabajando con el asesoramiento de la Asociación de Usuarios de Perros Guía”.
Candil aclaró que se considera como infracción muy grave el impedir el acceso, circulación o permanencia de las personas usuarias de perros de asistencia en cualquiera de los lugares y espacios públicos y privados reconocidos en la normativa, “y sin embargo, no es extraño vernos con casos en los que aún se prohíbe la entrada a estos animales; es por ello, por lo que hay que trabajar en el reglamento para hacer cumplir la ley”.
Por otro lado, se planteó la necesidad de contar con entidades para el adiestramiento en Canarias de estos diferentes tipos de perros de asistencia. En este punto, Candil explicó que desde el Gobierno se estudia el procedimiento necesario para reconocer a la Asociación de Usuarios de Perros Guías de Canarias como entidad de referencia para la acreditación y adiestramiento de este tipo de perros.
La normativa contempla la existencia un total de cinco tipos de perros de asistencia, en concreto, perros guía, aquellos perros adiestrados para guiar y orientar a una persona con discapacidad visual, total o parcial, o a una persona que además de una discapacidad visual tiene una discapacidad auditiva; perros de señalización de sonidos, aquellos perros adiestrados para avisar a las personas con discapacidad auditiva, total o parcial, de diferentes sonidos e indicarles su origen; perros de apoyo o de servicio: son aquellos perros adiestrados para prestar ayuda y auxilio en el desarrollo de las actividades de la vida diaria a aquellas personas con discapacidad que tengan reducida su capacidad motora; perros de aviso o alerta médica, aquellos perros adiestrados para avisar de una alerta médica a personas que padecen discapacidad; y perros adiestrados, para preservar la integridad física de las personas con discapacidad y para controlar situaciones de emergencia.