Noticias Tenerife Vivienda abre un plazo para que los solicitantes de ayudas de eficiencia energética subsanen errores

Vivienda abre un plazo para que los solicitantes de ayudas de eficiencia energética subsanen errores

 La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda financia con 1,1 millones de euros obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en comunidades y viviendas unifamiliares.

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, a través del Instituto Canario de la Vivienda, publicó el pasado 7 de marzo en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la resolución por la que se requiere la subsanación o mejora de la solicitud presentada a 104 (32 son comunidades de propietarios y 72, particulares) de 182 solicitantes de las ayudas dirigidas a la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en edificios y viviendas para el ejercicio 2018.

Estas ayudas tienen por objeto la financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, con especial atención a la envolvente térmica, en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares, tanto en el ámbito rural como en el urbano.

En cuanto a las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila deberán estar finalizadas antes de 1996 y constituir el domicilio habitual de los solicitantes.A estas subvenciones pueden acceder los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva finalizados antes de 1996 en los que al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante -excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles- tenga uso residencial de vivienda, y que al menos el 50% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar acogerse al programa. Las ayudas de este programa podrán aplicarse también para actuaciones en el interior de las viviendas del edificio.

Estas ayudas cuentan con una partida que ascendía a 1.100.000 euros para el ejercicio 2018.

El plazo para la subsanación de la documentación requerida es de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOC, es decir, hasta el 21 de marzo, inclusive.

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