Noticias Tenerife FEPECO, UGT y CCOO firman la recuperación de las horas no trabajadas por la crisis del Covid-19

FEPECO, UGT y CCOO firman la recuperación de las horas no trabajadas por la crisis del Covid-19

FEPECO, como patronal de la construcción en nuestra provincia y los sindicatos mayoritarios en el sector UGT-FICA Canarias y CCOO Construcción y Servicios de Canarias, han firmado un acuerdo para la recuperación de las horas no trabajadas y recuperables respecto al calendario laboral de 2020, ya publicado. Las partes asumen este acuerdo, como un ejercicio de responsabilidad y de ayuda para la reconstrucción de Canarias.

Como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 10-2020, de 29 de marzo de 2020 por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, las partes coinciden en la necesidad que se regule la adaptación de este permiso retribuido recuperable modificando el acuerdo publicado en B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife nº 27 de 3 de marzo de 2020 sobre Calendario Laboral para el año de 2020:

  1. Las empresas que antes y durante el permiso retribuido recuperable del RD Ley 10/2020 hubieren suspendido el contrato de sus trabajadores en ERTES y éstos hubieren tenido efectos entre los días 29 de marzo de 2020 y el 8 de abril de 2020 no les será de aplicación el presente acuerdo.
  2. Empresas que tengan pactado con la representación de los trabajadores el calendario laboral para el año 2020 establecerán, de mutuo acuerdo, los criterios y condiciones para la recuperación de las horas no trabajadas.
  3. Empresas sin calendario laboral pactado con la representación de los trabajadores, serán laborables los cinco días fijados en el acuerdo publicado en el BOP del 3 de marzo de 2020, como asuntos propios o acumulados al periodo de vacaciones, así como  también serán laborales los días  siguientes:
  • 29 de mayo.
  • 30 de octubre.
  • 30 de diciembre.

Por lo anterior, se mantienen como no laborables los días 14 de agosto, 24 de diciembre y 31 de diciembre, según el acuerdo publicado en BOP el 3 de marzo de 2020.

FINIQUITOS

Dar por finalizada la suspensión temporal del sellado de finiquitos contemplada en el acta de esta Comisión Negociadora del 23 de marzo de 2020, dando así, plena eficacia al contenido del artículo 24 del vigente Convenio Colectivo de la Construcción de Santa Cruz de Tenerife publicado en BOP nº del 16 de marzo de 2018. El pasado 23 de marzo de 2020 esta comisión paritaria acordó ante la situación excepcional ocasionada por la declaración del estado de alarma producida por el COVID-19 suspender la obligación del sellado de finiquitos contemplado en artículo 24 del vigente convenio colectivo, mientras durase el estado de alarma y posponiéndolo al momento del levantamiento de la medida y la vuelta a la normalidad, en este sentido, las partes manifiestan que tras la desescalada aprobada por el Gobierno del Estado, el sector ha recuperado su actividad y por lo tanto la gestión del finiquito puede volver a su estado anterior.

Los acuerdos aquí tomados entraran en vigor desde el momento de la firma de la presente acta, con independencia de la fecha en la que se publiquen en el Boletín Oficial de la Provincia.

 

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